La juez Alaya embarga el restaurante Río Grande por casi dos millones
Caso ere
El juzgado interviene además un apartamento en Ávila y las cuentas de la propietaria.
Sevilla/La juez Mercedes Alaya, que instruye el caso de los ERE fraudulentos, ha decretado el embargo del emblemático restaurante Río Grande de Sevilla, enclavado en la calle Betis, en la margen derecha del río Guadalquivir, para hacer frente a la posible responsabilidad pecuniaria de su propietaria, Carmen García Sánchez, imputada en la causa y a la que la instructora impuso una fianza civil de 1.990.689,36 euros.
Un decreto del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla recuerda que esa fianza se le impuso a la propietaria en abril de 2011 para cubrir las responsabilidades que pudieran derivarse de su imputación en la causa de los ERE tras haberse detectado la presencia de intrusos en el expediente realizado en este restaurante. La juez le atribuyó a Carmen García Sánchez "un mayor grado de responsabilidad" en los hechos, por su "mayor capacidad de actuación y decisión, no sólo para lucrarse a sí misma sino a otras personas, y por su interrelación con el resto de los actores de la trama".
La magistrada le reprochó entonces que la economía de esta imputada estaba lo "suficientemente saneada" como para hacer frente al pago de las prejubilaciones sin necesidad del ERE de 2005, dado que había tenido unos beneficios de 1,2 millones en el ejercicio anterior.
El embargo decretado ahora por la juez para garantizar las responsabilidades civiles se centra sobre la parcela ubicada en el número 70 de la calle Betis y en la "edificación destinada a restaurante y bar situada en la margen derecha de la dársena del Puerto de Sevilla".
Además del conocido restaurante, el juzgado ha decretado el embargo de un apartamento ubicado en Arévalo (Ávila), que pertenece a esta misma entidad, que fue declarada responsable civil en octubre de 2013.
De otro lado, la secretaria judicial ha firmado un segundo decreto de embargo que afecta a la propietaria, Carmen García Sánchez, por cuanto los bienes embargados "no son suficientes para cubrir la fianza fijada". Por ello, se ha acordado el embargo telemático de los saldos bancarios que ostente la imputada de "todas las entidades adheridas a la plataforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)", así como de las devoluciones pendientes de percibir de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
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