Absuelto de abusar de su hijo porque sólo quería evitar la fimosis
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de un padre de Sevilla acusado de abusar sexualmente de su hijo de siete años mientras se duchaban juntos al no existir "ánimo libidinoso" en los tocamientos realizados por el acusado, que en el juicio reconoció que, en ocasiones, y con el fin de evitar que fuera operado de fimosis, le desplazaba el prepucio del pene, mientras que admitió haberle pasado la esponja por el trasero o la zona genital.
En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Penal rechaza el recurso interpuesto por la acusación particular contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia que absolvió al acusado, J. V. R., para quien la Fiscalía pidió 12 años de cárcel y la acusación particular 15 años de prisión.
El tribunal considera probado que el acusado estuvo casado y tuvo un hijo que nació en 2003, correspondiéndole tras la ruptura la guarda y custodia a la madre y estableciéndose a favor un régimen de visitas. Durante la estancia del menor con su padre, en ocasiones se duchaban juntos, enjabonando el acusado al menor distintas partes del cuerpo, entre ellas la zona genital y el trasero, mientras que, otras veces, a la salida de la ducha, le desplazaba el prepucio para evitar una futura operación de fimosis, "no constando que existiera ánimo libidinoso".
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