Qué supone que se imponga la ley seca en una zona por la Magna de Sevilla y hasta cuándo será efectivo
La medida tomada por el Ayuntamiento de Sevilla entra en vigor a las 15:00 horas del sábado, 7 de diciembre
Todas las calles donde se impondrá la ley seca en la procesión Magna
Sevilla/A solo unos días del puente de diciembre, Sevilla espera para entonces una gran afluencia de visitantes. De hecho, se trata de una de las fechas clave para la hostelería hispalense, en la que los bares y restaurantes de la capital consiguen cada año una buena facturación. En esta ocasión, además, el Día de la Inmaculada Concepción se presenta con la procesión Magna, un acontecimiento que, desde hace meses, promete ser multitudinario.
Este acto sirve, el 8 de diciembre, como clausura del II Congreso Internacional de Hermandades y Piedad Popular. Ante las previsiones de asistencia, numerosos establecimientos de la zona han reforzado sus plantillas para los días 7 y 8 de diciembre. Sin embargo, entre el colectivo de hosteleros, no ha sentado muy bien la medida tomada por el Ayuntamiento, que implica la suspensión de terrazas de veladores “y demás elementos que ocupan la vía”.
Ley seca: ¿Qué supone para los hosteleros?
Esto es lo que se ha considerado como la ley seca porque, además, limita el consumo de bebidas en la calle. Todo ello, con ciertas excepciones: venta de agua, refrescos o zumos en envases de plástico; y café e infusiones en vasos de cartón para consumo unipersonal. Eso sí, la medida no afecta a las ventas a domicilio. Ahora bien, ¿qué supone exactamente esta iniciativa municipal y cuánto tiempo va a durar?
La situación ha llevado a un amago de huelga por parte de la patronal de hostelería, que ha enviado un mensaje a sus asociados para plantearles el cierre de los bares durante la Magna. La decisión tomada por el consistorio de retirar los veladores supone una disminución de los ingresos para los hosteleros; agravada, además, por el hecho de que colocar las mesas de las terrazas en el interior de los locales condiciona el espacio para los consumidores.
Asimismo, sólo se permite servir al público en el interior de los establecimientos, “sin superar el aforo permitido” y, en aquellos incluidos en la zona restringida de acceso a las sillas, “sólo se permitirá la entrada a personas abonadas”. Todo ello, según lo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Sevilla, con fecha de 29 de noviembre.
El texto recoge también que “se dispondrá por el titular, en los accesos del local, de una persona específicamente encargada de controlar y hacer cumplir las anteriores medidas, que deberá identificarse como tal ante el requerimiento de la Policía Local”. En cuanto al período de vigencia, las normas establecidas entrarán en vigor a las 15:00 horas del 7 de diciembre y se extenderán hasta las 7:00 horas del lunes 9.
Multas de hasta 3.000 euros
Las infracciones relacionadas con lo dispuesto en la presente norma se tramitarán de acuerdo con la Ordenanza reguladora de obras y actividades del Ayuntamiento de Sevilla, según dispone el propio texto de medidas para la procesión de la Magna.
Concretamente, es el artículo 84 el que las clasifica según la gravedad: muy graves, graves o leves. Así, por ejemplo, se considerarían muy graves “aquellas conductas que determinen especiales situaciones de peligro o grave riesgo para los bienes o para la seguridad e integridad física de las personas, o supongan una perturbación relevante de la convivencia que afecte de forma grave, inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas o al normal desarrollo de las actividades” (art. 84.2.e).
Por su parte, el artículo 85 establece una multa de hasta 3.000 euros para este tipo de infracciones; de entre 750 y 1.500 euros para las graves; y de hasta 750 euros, con un mínimo de 300 euros, para las leves.
Finalmente, el artículo 87 recoge, en el caso de infracciones graves o muy graves, sanciones accesorias como la suspensión temporal de las licencias, la suspensión temporal de las actividades y hasta la clausura temporal de los establecimientos.
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