Las procesiones de Semana Santa no son un espectáculo público
Polémica por el pago de los palcos
Así lo considera la Junta de Andalucía en una resolución, pese a lo cual el Consejo cargó el IVA del 21% al precio de las sillas y palcos
Las procesiones de Semana Santa están excluidas de la ley de espectáculos públicos, tal como ha resuelto el jefe de servicio correspondiente de la consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía con fecha de 5 de mayo. Pese a este criterio, el Consejo de Cofradías no dudó en cargar el 21% de IVA por primera vez en la historia a los precios de los abonos de sillas y palcos de la carrera oficial de 2020. La institución cofradiera no luchó en ningún momento para evitar esa sobrecarga en el precio de los abonos de una carrera oficial con 33.000 usuarios.
Por otra parte, conviene dejar claro que los abonados de la carrera oficial que han solicitado la devolución del importe pagado en 2020 no basan su reclamación en la Ley de Espectáculos, sino en el Código Civil por un caso de resolubilidad sin culpa, tal como ya ha informado este periódico. Y otros abonados basan su petición además en la legislación de defensa de los consumidores.
Los hermanos mayores están convocados a una asamblea a final de mes para decidir cómo se devuelven los importes. El Consejo de Cofradias no ha entregado de momento ningún orden del día para que se conozca con antelación cuál es su plan de solución.
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