La aldaba
Carlos Navarro Antolín
Más allá de la voz de la Laura Gallego
Una batalla que todavía no ha vivido su capítulo final. ¿Hasta dónde está dispuesto a llegar el Ministerio de Hacienda en su lucha para cobrar el IVA de las sillas de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla? Esta es la pregunta que todos se hacen tras el último fallo del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que ha vuelto a dictaminar que se trata de una actividad exenta del IVA. Hacienda puede agotar la vía administrativa presentando un nuevo recurso a una sala especial del TEAC que sólo ha dictado una resolución desde que la Ley General Tributaria entrara en vigor en el ya lejano año 2003. Por tanto, se entiende que tomar esta iniciativa sería muy inusual.
Así lo han afirmado este martes los abogados Jorge Márquez y Eduardo Ruiz del Portal, que son los que han llevado la representación del Consejo desde que a finales de 2019 se recibió la famosa notificación de la Agencia Tributaria exigiendo el cobro del IVA de las sillas de la carrera oficial. Estos expertos fiscalistas han explicado cuál es la situación actual y han calificado como de "exagerado" que Hacienda recurra nuevamente cuando ya tiene tres fallos en contra: dos del Tribuna Económico Administrativo Regional de Andalucía (años 2002 y 2022) y el del TEAC del pasado 15 de diciembre. "La resolución no es firme y se puede recurrir de manera especial en los próximos tres meses ante el mismo TEAC. Resolvería una sala especial que hay para ello. El criterio que ahora ha presentado este Tribunal Centra es vinculante para todos los organismos del Estado", ha señalado Eduardo Ruiz del Portal.
¿Qué quiere decir esto? Que el Consejo podría no cobrar el 21% de IVA en la campaña de renovación de los abonos que comenzará en las próximas semanas. Pero, siguiendo el criterio de prudencia jurídica adoptado hasta ahora y con un posible nuevo recurso por delante que pudiera revertir el criterio, el IVA se cobrará y se ingresará en Hacienda e inmediatamente se procederá a pedir su devolución como ya se hizo en los ejercicios 2020 y 2022.
Los abogados, en este caso Jorge Márquez, ha añadido que el resolución del TEAC es de unificación de criterios, mientras que una nueva de la sala especial de este tribunal sería de unificación de doctrina. "Buscando sólo he encontrado referencias a una resolución dictada por esta sala especial desde el año 2003, por lo que su uso es muy inusual", ha indicado. Este recurso extraordinario para la unificación de doctrina por podría interponerse desde el día después de su notificación por el director general de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, en caso de estar en desacuerdo con el contenido de dicha resolución. La sala especial para la unificación de doctrina del TEAC estaría compuesta por el presidente del propio Tribunal, que la presidirá, tres vocales de dicho Tribunal, el director general de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, el director general de la AEAT, el director general o el director del fepartamento de la AEAT del que dependa funcionalmente el órgano que hubiera dictado el acto a que se refiere la resolución objeto del recurso y el presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente. La resolución deberá dictarse en el plazo de seis meses y respetará la situación jurídica particular derivada de la resolución recurrida, estableciendo la doctrina aplicable. "Tres órganos especializados en materia tributaria han dicho ya que no hay que la sillas están exentas del pago de IVA. Por lo que podría entenderse como exagerado si se recurre".
El asunto para dirimir si las sillas y palcos de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla deben estar sujetas al pago del 21% del IVA se mantiene de momento en la vía administrativa. Los abogados entienden que sería complicado que Hacienda lleve esta batalla a los Tribunales de Justicia que si la sala especial del Tribunal Central dictara una nueva sentencia a favor de los intereses del Consejo de Cofradías. Pero el el Consejo sí podría hacerlo en caso de fallo contrario. La vía contenciosa se iniciaría en la Audiencia Nacional y el último recurso sería ante el Tribunal Supremo. Aunque no habría que descartar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el de rango más alto.
En el caso de que Hacienda no recurriera ahora, una vez pasado los tres meses el Consejo podría iniciar el procedimiento para que se le reintegrara el IVA cobrado por las sillas de los ejercicios 2020, 2022 y 2023. El del año 2022, por ejemplo, se eleva hasta los 690.000 euros. Este dinero, más sus correspondientes intereses de demora, irían a parar directamente al bolsillo de los abonados. Por tanto, a Hacienda le interesa devolverlo cuanto antes para pagar menos por la demora.
Temas relacionados
También te puede interesar
Lo último
2 Comentarios