Elecciones en Los Panaderos: "Fue admitido a votar un hermano que no estaba incluido en el censo"

La candidatura de Santi Suero ha emitido un comunicado explicando su versión de los hechos y el contenido de la resolución

Se habla de una posible "admisión de voto a un hermano que no aparece en una de las copias del censo"

Palacio propone la repetición de las elecciones en Los Panaderos

Un penitente de Los Panaderos reza el rosario durante la estación de penitencia
Un penitente de Los Panaderos reza el rosario durante la estación de penitencia / Víctor Rodríguez

Otra vuelta de tuerca en el proceso electoral de Los Panaderos, que continúa escribiendo capítulos. La candidatura de Santiago Suero, que resultó derrotada durante la celebración del cabildo por un voto, ha emitido un comunicado en sus perfiles oficiales "citando textualmente" el fundamento jurídico en el que se basa la resolución emitida el pasado 9 de enero por la Delegación Episcopal de Asuntos Jurídicos, cuestión compartida por la actual junta de gobierno en funciones. Dicha resolución señalaba que los asuntos planteados por Suero "NO repecuten en la validez del resultado o en su certidumbre objeto del análisis", pero dicha candidatura ha realizado una serie de valoraciones y compartido más información con respecto a la resolución.

En este sentido, en el punto cuatro, se recoge lo siguiente: "En relación con este mismo asunto, esto es, la admisión a votar de un hermano no incluido en el censo, aparece en la revisión exhaustiva llevada a cabo con motivo de la impugnación una incidencia destacable. Efectivamente, repasadas tanto las listas de votación que el secretario de cada mesa electoral debía ir elaborando y las copias del censo electoral de cada uno de los interventores de cada mesa, se detecta que en la mesa denominada "a" votó (omitido dato personal) que ni aparece en las copias del censo de dicha mesa ni está señalado como una de las siete incidencias a la que se ha aludido en el punto uno de este decreto -estar anotado en la lista y no haber votado-. Quiere ello decir que fue admitido a votar un hermano que no estaba incluido en el censo, introduciéndose así una duda razonable sobre la certeza del resultado final."

Prosigue el comunicado rescatando más detalles recogidos en dicho Decreto:

  • PRIMERO: La repetición del Cabildo General de Elecciones de la Pontificia, Real, Ilustre y Fervorosa Hermandad y Archicofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús del Soberano Poder en su Prendimiento, María Santisima de Regla y San Andrés Apóstol, de Sevilla, que habrá de celebrarse lo antes posible y según Derecho.
  • SEGUNDO: El Proceso Electoral se retrotraerá estableciéndose un nuevo plazo de revisión del censo, sin necesidad de disponer el de presentación de candidaturas, reteniéndose como tales las ya presentadas en su día.
  • TERCERO: Se llevarán a cabo las adaptaciones necesarias de lo establecido en las Reglas en virtud de la disposición del punto segundo desde este Decreto.
  • CUARTO: Una vez acordado por la Junta de Gobierno el calendario electoral se comunicará a esta Delegación Episcopal.

Por último, señala el comunidado que "se exhorta a la Junta de Gobierno al cumplimiento diligente e integro de todo lo prescrito en las Normas Diocesanas y en las Reglas de la Hermandad que no haya sido derogas por aquellas, que incluye lo referente al voto por correo. Contra esta resolución cabe interponer recurso ante el llmo. Sr. Vicario General, según el procedimiento y los plazos establecidos por el derecho", finaliza.

stats