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Una importante deuda impidió a la Hermandad del Silencio recuperar sus reglas de 1356

Nuevos documentos corroboran la fundación bajomedieval de la hermandad, lo que la confirma como la más antigua de Sevilla

Las ordenanzas fueron robadas por los franceses y se localizaron junto a otros documentos en 1869, aunque no se pudieron comprar

La irrefutable prueba de la fundación de la Hermandad del Silencio de Sevilla en 1356

Nazarenos del Silencio saliendo de San Antonio Abad. / Juan Carlos Vázquez

La Hermandad del Silencio tuvo en su poder las primeras reglas de 1356 hasta la invasión francesa, cuando fueron robadas junto a otros documentos e importantes enseres, como el paso de Jesús Nazareno, por las tropas napoleónicas. Años después, en 1869, tuvo noticias de las ordenanzas y se propuso recuperarlas, pero la deuda de la hermandad impidió que pudiera obtener un crédito con el que efctuar su compra. La corporación no tuvo opción de litigar para recuperar su memoria y sus documentos históricos por la nula protección del patrimonio de la época. Estas son las principales conclusiones que se pueden extraer de la nueva investigación realizada por Alfredo José Martínez González, profesor titular de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Sevilla, que en su artículo Testimonios archivísticos de la existencia de la normativa bajomedieval de la Primitiva Hermandad de los Nazarenos de Sevilla, publicado en la Crónica Jurídica Hispalense, revista de la Facultad de Derecho de la US abunda en su investigación histórica sobre la fundación de la Archicofradía de Jesús Nazareno, la más antigua de Sevilla, a la vista de estas aportaciones irrefutables.

La nueva investigación es una extensión del artículo publicado en el Boletín de la Archicofradía de Jesús Nazareno en septiembre de 2022. El investigador, hermano primitivo, ha profundizado en los diversos textos que ya fueron estudiados por él enriqueciéndose con nuevos documentos hallados en diversos archivos. En el artículo del boletín, Alfredo Martínez analiza cuatro documentos, tres de ellos inéditos, publicados por distintas personas y en distintas épocas, que hacen referencia directa a las reglas de la corporación aprobadas por el arzobispo Don Nuño en 1356, aunque la corporación se fundó unos años antes en la parroquia de Omnium Sanctorum. Se trata de documentos, y esto es muy importante, que son de carácter interno de la hermandad, por lo que como vuelve a reiterar, "no se redactaron para convencer a la sevillanía acerca de nuestro orígenes".

Firma del procurador Pedro García (resaltada en rojo) a modo de recibí plasmada en la copia notarial autentificada por Ascarza en 1783 sobre la relación de documentos que fueron exhibidos ante el Real Consejo de Castilla. AHJN, Caja 1, libro 4. / D. S.

En este nuevo análisis sobre los orígenes de la Primitiva Hermandad de los Nazarenos de Sevilla el autor ha profundizado en la veracidad del inventario realizado 1728 que efectuó la hermandad sobre sus bienes a fin de tenerlos catalogados para que no se perdiesen mientras fueron ejecutadas las obras de la iglesia y del convento de los religiosos de San Antonio Abad. Ahí quedó reflejada la existencia de “el archivo completo desde la fundación en mil trescientos cuarenta y la primera Junta de capítulos y salida de [la] Cofradía del año mil trescientos cincuenta y s[seis]”. "La redacción de tal inventario fue absolutamente necesaria para la corporación nazarena, pues aquellas obras resultaron de tal calado que supusieron la demolición del antiguo complejo conventual de factura bajomedieval y dieron como resultado el edificio que ha llegado hasta nuestros días", señala Martínez.

La nueva publicación indaga más aún en la escritura notarial que el escribano Francisco de Ascarza redactó en 1783 en el contexto del llamado Expediente General de Cofradías (1769-1874), un documento que ya fue analizado por Manuel García Fernández, catedrático de Historia Medieval de la Universidad de Sevilla. Con esta iniciativa, el monarca Carlos III pretendió llevar a cabo una depuración de aquellas hermandades que no demostrasen cumplir con los preceptos religiosos. En 1783 Ascarza dejó plasmada en un documento la entrega de las Reglas de 1356 junto con otros documentos demostrativos de la antigüedad de la corporación a un procurador de los tribunales, llamado Pedro García, para que, junto con otra documentación histórica de la hermandad, las llevase al Real Consejo de Castilla ubicado en Madrid. "La figura de este último personaje, externo a la hermandad y cuya firma a modo de “recibí” consta en el texto de la entrega de la documentación redactado por Ascarza, había sido hasta ahora muy desconocida y como novedad hemos podido conocer que él mismo escribió, meses antes de la entrega de la documentación que debió llevar a la Villa y Corte, que en 1778 la Hermandad de “El Silencio” se había planteado aportar en aquel proceso la documentación más antigua de su archivo si con eso podía salvarse de la purga de cofradías que por aquel entonces estaba llevando a cabo el Real Consejo de Castilla".

La placa que relata la fundación de la hermandad. / D. S.

Anteriormente ya se había analizado una misiva privada de 1869 por la que José María Tobías, padre de almas de la Hermandad de Jesús Nazareno, comunicaba que un coleccionista de libros antiguos se había presentado ofreciéndole las Reglas de 1356 acompañadas de otra profusa documentación de procedente de diversas épocas y exigiendo a cambio la alta suma de 30.000 reales. "Ahora también se ha estudiado la carta contextualizándola más aún con las circunstancias históricas en las que se elaboró, interrelacionándose a los diversos personajes citados en él, especialmente Ignacio José Coffin, paleógrafo que indagó durante años sobre cuál había sido el destino de los papeles y pergaminos más remotos de la hermandad, y Francisco Javier Barroso, jurista de reconocido prestigio perteneciente a la Junta de Gobierno que aparece como receptor de aquella carta".

Gracias a las investigaciones que se han plasmado en este trabajo se ha confirmado que las Reglas de 1356 fueron robadas por las tropas francesas. Una de las impirtantes novedades es que el profesor Martínez González ha descubierto que la hermandad en 1869 intentó pedir un crédito en una entidad bancaria madrileña para tener solvencia económica y afrontar la compra de toda la documentación histórica que Coffin en sus labores de rastreo fuese encontrando. "Este crédito le fue denegado porque la Hermandad del Silencio acumulaba una deuda de más de 9.000 reales en sus cuentas". También ha sido analizada la posibilidad de que la Hermandad hubiera interpuesto un pleito contra aquel coleccionista de libros antiguos que tenía las reglas en su poder: "Se llegó a la conclusión de que este nunca hubiese prosperado conforme al ordenamiento de la época basado en Las Partidas de Alfonso X el Sabio, y en el que además tampoco existía ninguna figura jurídica que contemplase la existencia de bienes que pudiesen ser calificados como patrimonio histórico". Es en este momento cuando la hermandad pierde la oportunidad de recuperar unas reglas a las que se les pierde entonces la pista.

Acuerdo en la Junta de Patronatos sobre la petición del crédito mediante el que obtener fondos para recuperar la documentación histórica de la hermandad. / D. S.

Una posible venta en Barcelona

En la carta firmada por José María Tobías en 1869 se cita a un misterioso “Sr. Calvo”. En su anterior artículo, Martínez, como hipótesis de investigación, lo identificó como José Calvo y Ramos. La investigación constató que en 1902 se trasladó a Barcelona recibiendo el sobrenombre de El Sevillano y allí se hizo con una enorme cantidad de dinero vendiendo textos bajomedievales de su biblioteca que, según él mismo manifestó, había heredado.

Ahora, tirando más de este hilo, se han hallado tres catálogos suyos como librero de viejo en la Biblioteca de Cataluña. El primero de ello fue el “oficial” que se llevó a Barcelona. Este fue elaborado en una imprenta de la calle Alhóndiga de Sevilla. "De haber sido Calvo y Ramos quien pudo comerciar con las Reglas 1356, nunca lo habría puesto por escrito en una imprenta sevillana pues hubiera hecho saltar las alarmas en la ciudad, aunque su venta fuera legal conforme al ordenamiento jurídico entonces vigente. Ahora bien, esta es una hipótesis sobre la que ahora no se ha podido profundizar más Y que por el momento queda en el terreno de las posibilidades. Tal vez la clave la sigan teniendo los herederos de aquellos compradores barceloneses que adquirieron los textos históricos de Calvo y Ramos".

No obstante, en aquella coyuntura, para poder comprender cómo es que un coleccionista de libros antiguos pudo tener en su poder la documentación histórica de la Hermandad del Silencio, el autor ha analizado el papel de las bibliotecas decimonónicas que hubo en Sevilla y que pudieron contener sus Reglas del Silencio junto con otra mucha más documentación desaparecida, pero que también es citada en los documentos analizados en este trabajo. La conclusión es que el hecho de que las normas históricas de una cofradía permaneciesen en alguna de ellas no resulta descabellado. No en vano, recordemos que gracias a esta búsqueda el profesor Martínez González dio recientemente con las Reglas del Santo Entierro de 1647, que habían permanecido en la biblioteca sevillana del Marqués de Jerez de los Caballeros y que en 1902 terminaron recalando en la Hispanic Society of America de Nueva York.  

Descripción del expolio padecido en el archivo de la Hermandad por parte del ejército francés durante la Guerra de la Independencia. / D. S.

El investigador resalta que la mayor parte de las novedades procede de fuentes documentales directas, que reflejan cómo en épocas distintas, con circunstancias distintas y por personas distintas quedó testimoniado que las Reglas de 1356 existieron: "Pero es más, en todos estos documentos aparece mencionada más documentación histórica de incalculable valor para reconstruir la historia de la hermandad y que tampoco ha llegado hasta nuestros días. El ejemplo más claro lo constituye la misma mención en los documentos de 1728, 1783 y 1869 de un Libro de Patronatos de la Hermandad fechado en el año 1430 del que misteriosamente nada se sabe, pero que todos citan".

La capilla de los Cervantes en Omnium Sanctorum, espacio de fundación del Silencio. En la reja se puede ver todavía el escudo de la nobiliaria familia. / Juan Carlos Vázquez

Finalmente, aunque no directamente relacionado con la existencia de las antiguas Reglas bajomedievales, esta tarea de investigación también ha servido para descubrir un documento notarial que certifica cómo la entrada efectiva de la Hermandad de Ntro. Padre Jesús Nazareno en San Antonio Abad tuvo lugar el 1 de mayo de 1579. "Aunque se sabía que en abril de dicho año Mateo Alemán hizo las correspondientes gestiones para que la corporación recalase en la Capilla del Santo Crucifixo, sita en el espacio conventual de la antigua calle de Las Armas (actual c/ Alfonso XII), ahora ya se conoce la fecha exacta de su llegada. Es decir, a principios de mayo de 2029 sus cofrades tendrán otra efeméride más que celebrar: los 450 años de su permanencia en la que desde aquel entonces se ha convertido ininterrumpidamente en su sede canónica".

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