Los bares de Sevilla podrán abrir una hora más durante la Madrugada
Los establecimientos podrán permanecer abiertos hasta las tres de la mañana
Bares en Semana Santa: la Tarada

Los bares de Sevilla han conseguido abrir una hora más en la Madrugada de 2025. Después de numerosas reclamaciones por parte del sector hostelero, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento hispalense ha accedido a prolongar en una hora el horario de cierre de los establecimientos ubicados en las calles por las que discurren las procesiones de la jornada.
De esta forma, los bares podrán permanecer abiertos hasta las tres de la Madrugada, una hora más que el resto de los días de la semana mayor. Sin embargo, los locales situados en las calles El Silencio, Alfonso XII y la Plaza del Duque deberán echar el cierre a la 1:00 del Viernes Santo. Todos los negocios, incluyendo quioscos de chucherías, prensa y similares, deberán permanecer cerrados hasta las 6:00 de la mañana, momento en el que podrán reabrir sus puertas siempre y cuando se trate de hostelería sin música.
Esta resolución especial de la Gerencia de Urbanismo mantiene, en líneas generales, la normativa publicada en 2024, que generó un intenso debate en la ciudad, especialmente entre los hosteleros. Una de las medidas más polémicas se refiere a las restricciones en la venta de bebidas durante el resto de la jornada. Así, se prohíbe la venta de bebidas susceptibles de ser consumidas en la vía pública, en cualquier tipo de envase, así como de hielo, por parte de los establecimientos con acceso directo a determinadas calles del centro y Triana por las que transcurren desfiles procesionales. Esta limitación estará vigente desde una hora antes de la llegada de la cruz de guía hasta la finalización del paso de la cofradía. Durante ese periodo, los bares únicamente podrán vender agua, refrescos, zumos, néctares (en envases de plástico de 500 mililitros de capacidad máxima), caldos, horchatas, bebidas lácteas, café e infusiones en vasos de cartón para consumo unipersonal.
Estas restricciones provocaron amargas quejas por parte de algunos bares, que consideraban que les impedían vender en las horas clave, como la comida y la cena, debido a que por su puerta discurrían cofradías tanto a la ida como a la vuelta en esas franjas horarias. Asimismo, se mantiene la prohibición de vender alcohol entre las 22:00 y las 8:00 del día siguiente en aquellos establecimientos donde no esté autorizado el consumo. En los locales autorizados, dicho consumo debe realizarse en las instalaciones del propio establecimiento.
Cabe destacar que existe una excepción para algunos bares ubicados en zonas emblemáticas del centro de Sevilla, como la plaza de La Campana, las calles Álvarez Quintero, Cuesta del Rosario, Argote de Molina, Placentines y Bilbao, la Plaza Nueva, calles Sierpes, General Polavieja y Albareda, y la avenida de la Constitución (en el tramo desde la Plaza Nueva a la calle Almirantazgo). Estos establecimientos sí podrán abrir durante toda la Madrugada, pero únicamente en modo cafetería, sin servir bebidas alcohólicas.
El perímetro de regulación establecido afecta a los establecimientos situados en calles del entorno de la Carrera Oficial y por las que pasan cofradías. Estos locales deberán dejar de vender bebidas alcohólicas una hora antes del paso de la cruz de guía y no podrán retomar su actividad hasta que la misma haya transitado. Entre las vías incluidas en este perímetro se encuentran: Paseo Alcalde Marqués del Contadero, Radio Sevilla, Arjona, Luis de Vargas, Marqués de Paradas, Canalejas, San Eloy, Fernán Caballero, Monsalves, El Silencio, Alfonso XII, plaza del Duque de la Victoria, Jesús del Gran Poder, San Miguel, Amor de Dios, García de Tassara, plaza de San Andrés, Don Pedro Niño, Amparo, Madre María de la Purísima, Plaza San Juan de la Palma, Dueñas, Doña María Coronel, Peñuelas, plaza de San Román, Matahacas, Puerta del Osario, Muro de los Navarros, Puerta de Carmona, San Esteban, plaza de Pilatos, Águilas, Vírgenes, San José, Ximénez de Enciso, Fabiola, Mateos Gago, Rodrigo Caro, plaza de la Alianza, Joaquín Romero Murube, plaza del Triunfo, Santo Tomás, Avenida Constitución, Puerta de Jerez, Almirante Lobo y Paseo Alcalde Marqués del Contadero.
Asimismo, los establecimientos ubicados en las siguientes calles del barrio de Triana también están sujetos a esta normativa: Betis, Paseo de Nuestra Señora de la O, Callejón de la Inquisición, Callao, San Jorge, San Jacinto (números pares hasta Pagés del Corro), San Jacinto (números impares desde Pagés del Corro), Pureza, Párroco Don Eugenio, Pelay Correa, Bernardo Guerra, Pureza y Troya.
El incumplimiento de esta normativa puede acarrear multas de diversa cuantía en función de la gravedad de la infracción. En los casos más severos, podría incluso conllevar el cierre temporal del establecimiento. De hecho, la resolución de la Gerencia de Urbanismo contempla la potestad de los agentes de la Policía Local para suspender la actividad de un bar durante un periodo determinado en función de la entidad y características de los incumplimientos detectados.
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