Protección de datos: los cambios que llegan
Cofradías
Los hermanos deberán dar su consentimiento expreso y por escrito a las hermandades
La nueva ley que se tramita pone el foco en los menores de edad
Mucho trabajo que hacer. Las hermandades siempre se han adaptado a las circunstancias de cada época y ahora tienen por delante el reto, complicado en muchos aspectos, de cumplir con la legislación que preserva los datos personales de las personas. A partir de ahora, las hermandades deben tener el consentimiento por escrito y expreso de sus miembros para poder utilizar sus datos personales. No es una tarea baladí y requerirá importantes esfuerzos por parte de la corporaciones, y también de los hermanos para adaptarse a los nuevos tiempos. A partir de ahora, será habitual que en los listados de las cofradías dejen de aparecer los nombre completos de los hermanos. Un abuelo, por ejemplo, no podrá apuntar a su nieto a la cofradía de la familia si no cuenta con la autorización por escrito de sus padres o tutores. Las redes sociales y su manejo también serán un territorio sensible, con el peligro que supondrá la publicación de fotos de menores o de cualquier persona que no haya dado su autorización.
Una de las personas que está asesorando a numerosas hermandades en la protección de datos es Felipe García de Pesquera, consiliario de la Quinta Angustia, abogado, y autor de la tesis doctoral Régimen Jurídico de la protección de datos de carácter personal: aplicación a las Hermandades y Cofradías. Durante el próximo año, habrá importantes novedades en el marco normativo y las hermandades deben estar muy pendientes. "La Comisión Europea redactó el año pasado un reglamento que ya es perfectamente aplicable a los estados miembros, aunque tenían dos años para su aplicación y adaptación. En España, la protección de datos es un derecho fundamental recogido en la Constitución que se tiene que desarrollar mediante una ley orgánica. El Gobierno aprobó el proyecto d ley el pasado viernes 10. Es prácticamente idéntico al reglamento europeo", explica García de Pesquera.
Esta ley, que debe ser debatida con el resto de partidos, puesto que requiere una mayoría absoluta para su aprobación, afecta a las hermandades en varios aspectos fundamentales. El primero es que las hermandades deberán tener el consentimiento expreso de sus hermanos para compartir los datos. "El tácito, que hasta ahora existe en España, desaparece. En Europa no existe". La hermandad necesitará la autorización de los hermanos para hacer cualquier cosa y el responsable de ese fichero tendrá que acreditar que tiene el consentimiento expreso. "Vamos a tener que pedirlo para la cesión de datos, por ejemplo para publicar la lista de la cofradía". Hay hermandades, como hizo este año la Macarena, que sólo publicaron los datos de los hermanos de los que tenían autorización por escrito. En el caso de los censos, por ejemplo para entregarlo a los candidatos a hermano mayor, García de Pesquera afirma que no está claro qué va a decir la ley.
La nueva ley también tendrá una importante afección en los menores de edad. Se rebaja la edad mínima a los 13 años. "Desde esa edad se pueden hacer hermanos sin que los padres digan nada". De ser menor de 13, requerirá la autorización de los padres o tutores junto a la solicitud de ingreso. "Un abuelo no podrá hacer hermano a un nieto y el planteamiento que se abre con los padres separados es complicado".
La figura del delegado de protección de datos emerge como una figura necesaria en las grandes empresas y organizaciones. García de Pesquera no cree que sea obligatorio en las hermandades, aunque sí sería recomendable: "Deberían tener un asesor interno o externo para toda esta materia. A lo mejor el Consejo de Cofradías puede ser el vehículo idóneo".
Para lograr el consentimiento de los hermanos lo ideal es aprovechar los repartos de papeleta de sitio. También se deben reformar las solicitudes de ingreso para introducir todas estas cláusulas que serán tan necesarias en un futuro que está tan próximo.
El peligro
Subir un vídeo o una foto en la que aparezcan personas a una red social también requiere un consentimiento expreso, por lo que las hermandades deben cuidar mucho estos detalles. El padre de un menor, por ejemplo, podría denunciar a un cofradía si ha publicado una foto del niño sin tener consentimiento. "Si no hay autorización lo mejor es pixelar la cara". Las multa en este caso se puede elevar hasta los 60.000 euros. La problemática, en cualquier caso, queda limitada puesto que el único que puede denunciar es el titular del dato, que en el caso de una hermandad sería un hermano. Hasta ahora, la única multa se ha producido en una hermandad de Granada que fue denunciada por el mayordomo.
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