Hacienda no recurrirá el nuevo fallo del IVA de las sillas de la Semana santa de Sevilla

El paso de palio de la Virgen del Refugio de San Bernardo en la Campana.
El paso de palio de la Virgen del Refugio de San Bernardo en la Campana. / Antonio Pizarro

Punto y final. El Ministerio de Economía y Hacienda no va a recurrir el último fallo del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que ha resuelto que las sillas y palcos de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla están exentas del pago del 21% de IVA. De esta manera finaliza un litigio que estaba abierto en su última etapa desde el año 2019, cuando la Agencia Tributaria se dirigió al Consejo de Cofradías para exigirle el pago del tributo por la explotación de la carrera oficial. Tras dos resoluciones que daban la razón a las hermandades, primero del Tribunal Económico y Administrativo Regional de Andalucía (TEARA) y después del propio Tribunal Central, Hacienda ha decidido no presentar un nuevo recurso ante una sala especial del TEAC, algo que podía hacer en los tres meses siguientes a la notificación del fallo, que tiene fecha del pasado 15 de diciembre.

Tal y como publicó este periódico, la resolución del TEAC, que era de unificación de criterios, era muy clara con respecto a la situación de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla. Gracias a su excepcionalidad, el tribunal ha considerado que no debe estar sometida al pago del IVA. Así lo recogía la resolución: cuando la contemplación de los desfiles procesionales por la carrera oficial durante la Semana Santa “no sea libre y gratuita”, esto es, “queda reservada en exclusiva a aquellas personas que pagan por ello”, la venta de abonos de sillas y palcos para contemplar sentado tales desfiles constituye un “servicio sujeto y exento del Impuesto sobre el Valor Añadido”. Esta circunstancia es la que, precisamente, sucede en la carrera oficial de Semana Santa de la ciudad de Sevilla. Se entenderá que la contemplación de los desfiles procesionales no queda reservada en exclusiva a quien paga, cuando el público que no lo hace, aún sin tener acceso a las zonas de sillas o palcos, pudiera contemplar los desfiles procesionales con normalidad, en toda la carrera oficial o en parte de ella, por no existir obstáculo relevante que se lo impida.

Nazarenos de la Hermandad de la Paz por la Avenida de la Constitución.
Nazarenos de la Hermandad de la Paz por la Avenida de la Constitución. / Juan Carlos Vázquez

Según han confirmado a este periódico fuentes de ministerio que dirige la sevillana María Jesús Montero, acatarán el fallo visto los argumentos puestos encima de la mesa por este tribunal. La resolución del TEAC es vinculante para todos los organismos del Estado y el ministerio ya ha dado la oportuna orden a la Agencia Tributaria de que no se recurra, por lo que el Consejo de Cofradías podría proceder al cobro de los abonos de la Semana Santa de 2023 sin el correspondiente IVA. No obstante, las cartas de pago para el inicio de las renovaciones ya han salido de la institución y siguiendo el criterio de prudencia jurídica llevan el IVA incorporado. La actuación del Consejo, salvo que cambie de opinión en los próximos días a raíz de esta noticia, es pedir automáticamente la devolución del IVA cobrado una vez que se ingrese en la declaración trimestral.

En esa situación se encuentran las cantidades de IVA declaradas de los ejercicios 2020, 2022 y ahora 2023. La del año 2022, por ejemplo, se eleva hasta los 690.000 euros. Este dinero, más sus correspondientes intereses de demora, irán a parar directamente al bolsillo de los abonados una vez que sea devuelto por el Estado. Por tanto, a Hacienda le interesa devolverlo cuanto antes para pagar menos por la demora.

El Consejo de Cofradías y las sillas de la carrera oficial siempre han estado en el punto de mira de Hacienda, desde que en el año 2000 le abrió un expediente por una deuda de más de 30 millones de pesetas correspondientes al IVA no tributado por la carrera oficial. Aquella crisis se saldó con la declaración de exención del pago del IVA por las sillas y palcos desde el año 2000. Hacienda consideró entonces al Consejo de Cofradías como una entidad de carácter social y le aplicó el artículo 20, apartado uno, nº 14 de la Ley del IVA.

En el año 2002, este asunto quedó juzgado gracias a una resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (TEARA) que dejaba clara la exención del pago de este tributo por la exclusiva razón del “carácter social” de la entidad, no por otras consideraciones. Hacienda volvió a reabrir la cuestión en 2019, aunque desde el Consejo siempre han tenido la certeza de que el asunto no tenía recorrido.

Ganan los abonados, 'pierden' el Consejo y las hermandades

Los Palcos de la Plaza de San Francisco dispuestos para la Semana Santa.
Los Palcos de la Plaza de San Francisco dispuestos para la Semana Santa. / Juan Carlos Vázquez

Desde el Consejo de Cofradías se ha hecho una efectiva a decidida defensa de los abonados de la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla frente al ministerio de Hacienda. Y se ha hecho pese a que la exención den el pago del IVA no beneficia ni a la institución ni a las propias hermandades. Si el Consejo está obligado a cobrar este impuesto por la explotación de las sillas y palcos también puede desgravarse el IVA soportado por el montaje de la misma, como ha sucedido en los últimos años. Pese a ello, el presidente Francisco Vélez abanderó esta causa desde el primer momento y siempre se ha mostrado satisfecho con las fallos que le daban la razón.

El cobro de lo abonos con el IVA supuso una imparte subida de los mismos desde la Semana Santa de 2020, frustrada por el Covid-19. Tras el paréntesis de 2021, los abonados han tenido que hacer frente a unos precios muy elevados que ahora se verán de golpe rebajados gracias a la confirmación de la exención. Además, recibirán de vuelta el dinero cobrado por el IVA más los intereses. Se trata de un alivio, sin duda, para unos bolsillos muy castigados por la crisis y la inflación. También se verá mitigada en parte la subida el 8% anunciada para 2023 y que se justifica por el sobrecostes a los que el propio Consejo ha de hacer frente.

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