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Facua insta al Ayuntamiento que multe al Consejo por el dinero de las sillas

Asegura que debería haber hecho el reembolso de manera automática tras la suspensión

Los palcos instalados en la Plaza de San Francisco. / Belén Vargas

02 de abril 2020 - 06:02

Facua Sevilla ha instado al Ayuntamiento a multar al Consejo de Cofradías por no devolver el importe de los abonos de las sillas y palcos para ver la Semana Santa. Tras la reclamación de la asociación, la institución que aglutina a todas las hermandades señaló el pasado jueves que aplaza la decisión hasta que se levante el estado de alarma para que sea abordada por los hermanos mayores en un pleno extraordinario.

Desde Facua entienden que este reembolso debería haberse producido de manera automática, por lo que critica la negativa a devolver inmediatamente el importe de los abonos, más aún cuando ya hay hermandades que se han pronunciado de este modo. Es el caso, del hermano mayor de la Macarena, José Antonio Fernández Cabrero, que señaló en este periódico que “no debe haber problema alguno en devolverlo a quien pertenece, que es la gente que ha pagado”, puesto que la ciudadanía “no ha podido disfrutar de la Semana Santa”.

En los mismos términos se expresó el hermano mayor de la Hermandad de los Estudiantes, Jesús Resa, al considerar que “se trata de una cuestión moral y entiende que el dinero debe volver a las familias, máxime en los tiempos de fuerte crisis que se avecinan”.

Desde que el Ayuntamiento anunció el 14 de marzo en un comunicado que quedaban suspendidas las procesiones de Sevilla para la Semana Santa 2020, numerosos usuarios que habían adquirido ya su abono para las sillas o palcos han contactado con Facua Sevilla para poner de manifiesto que la entidad concesionaria de este servicio, el Consejo de Cofradías, no atiende a sus reclamaciones de devolución del dinero.

En este sentido, Facua Sevilla recuerda al gobierno municipal su competencia sancionadora en caso de que el Consejo incumpla su obligación de devolver el importe de las sillas y palcos de la carrera oficial, de acuerdo al artículo 29.2 de dicha ley, “para imponer las sanciones pecuniarias previstas” en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, “para las infracciones leves y graves hasta el límite de 30.050,61 euros cuando el espectáculo o la actividad recreativa de que se trate únicamente se encuentre sometida a los medios de intervención municipal”.

La asociación señala que la prestación del servicio de la carrera oficial debe entenderse dentro del concepto de espectáculo público establecido por esta ley y que, en caso de suspensión, como señala su artículo 15, es un derecho la devolución de las cantidades satisfechas.

¿Espectáculo o manifestación de fe?

La clave en este asunto está en determinar si la carrera oficial es un espectáculo público, como entiende Facua. En la reforma del Reglamento de Uso y Adjudicación de Sillas y Palcos del Consejo de Cofradías, que entró en vigor el pasado mes de octubre, el Consejo eliminó el artículo 4 que que dejaba claro que la carrera oficial no era un espectáculo público, sino el lugar donde tiene lugar una manifestación esencialmente religiosa: "Con independencia que pueda tener para el público general, el desfile de la cofradías no tendrá, en ningún caso, la consideración de espectáculo público, por cuanto que no se organizan con dicha finalidad, sino con el único y exclusivo propósito de realizar estación de penitencia a la Santa Iglesia Catedral, manifestación esencialmente religiosa. Por consiguiente, el interés a preservar prioritariamente habrá de ser el de las cofradías en el ejercicio de esta acto de culto externo". Esta modificación puede cobrar ahora una importancia capital.

También hay que tener en cuenta la novedad de que este año las sillas han estado sujetas por primera vez al pago del IVA.

El pago de la sillas sólo se puede hacer de dos maneras: incluyendo el IVA al ser una actividad económica, por lo que la reclamación de Facua estaría justificada; o como donativo, que es como se ha estado haciendo hasta el año pasado. En este caso, no sólo no se podría reclamar la devolución sino que sería hasta deducible en la declaración de la Renta, ya que el Consejo de Cofradías es una entidad acogida a la Ley de Mecenazgo.

¿Qué ha pasado con el dinero?

El dinero recaudado por el Consejo ya ha sido adelantando en parte a la cofradías para preparar las estaciones de penitencia. Con esta cantidad, las hermandades pagan la flores, la cera, las bandas y otras cosas necesarias e imprescindibles para poder salir. Este dinero, por tanto, ya puede que ni se encuentre en poder de la cofradías, sino en la de sus proveedores.

El resto del dinero se suele entregan una vez pasa la Semana Santa. También hay que tener en cuenta que las hermandades realizan con ello las múltiples obras de caridad y asistenciales, que estos tiempos son todavía más necesarias.

El Consejo también ha tenido ya unos gastos, pues el montaje de los palcos de la carrera oficial ya había comenzado.

Este periódico ha podido pulsar la opinión de varios hermanos mayores y coinciden en que lo moralmente correcto es devolver ese dinero, pese al agujero que va a suponer en sus arcas.

Esta devolución, que también podría ser la suspensión del pago el próximo año, debería conllevar la petición de un crédito para que el perjuicio económico a las hermandades se pueda diferir en varios ejercicios. Todo apunta que así será.

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