Nuevos requisitos para la prevención y el control de la legionela

El Real Decreto 614/2024, de 2 de julio, establece nuevos requisitos para el control y prevención de la legionelosis

Entre ellos, uno de los más importantes es la redefinición del concepto de titular de una instalación, ampliando la responsabilidad a los explotadores de la misma

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Nuevos requisitos para el control de la Legionella
Judith R. Iglesias - Redactora

07 de agosto 2024 - 07:00

“La legionelosis es una enfermedad bacteriana de origen ambiental que suele presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar o “Enfermedad del Legionario”, que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica, conocida como “Fiebre de Pontiac”, que se manifiesta como un síndrome febril agudo y de pronóstico leve”.

Con esta definición da comienzo el preámbulo del Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. Ahora, con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto 614/2024, por el que se modifica el anterior, se establecen nuevos requisitos sanitarios para evitar la proliferación de esta bacteria y, por consiguiente, sus efectos sobre la salud.

Aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial del Estado con fecha de 2 de julio, su objetivo es el de “mejorar la seguridad y claridad en la gestión de las instalaciones que utilizan agua y pueden producir aerosoles, reduciendo así el riesgo de legionelosis para la población”, tal y como especifica el Ministerio de Sanidad en una nota de prensa.

El hábitat de la Legionella

Recordemos que la Legionella pneumophila forma parte de la flora bacteriana de aguas superficiales, como lagos, ríos y estanques; y, en su hábitat natural suele encontrarse en bajas concentraciones. Sin embargo, a temperaturas de entre 20 y 45 grados se multiplica con rapidez, alcanzando su punto óptimo de crecimiento entre los 35 y los 37 grados.

Por este motivo, la enfermedad aparece con el uso de dispositivos y sistemas que utilizan agua a unas determinadas temperaturas y si se emiten aerosoles contaminados pueden ser la causa de infección. La bacteria puede llegar a los sistemas de abastecimiento y distribución de agua en las grandes ciudades. En este supuesto, podría alcanzar instalaciones como los sistemas de agua caliente sanitaria, centrales humidificadoras industriales, jacuzzis, sistemas de riego o de agua contra incendios, etc.

Ampliando el horizonte de la responsabilidad

Uno de los primeros cambios con respecto al articulado original es la redefinición del concepto de “titular de la instalación”. El anterior Real Decreto establecía que el titular de una instalación debía controlar y prevenir la aparición de Legionella, mediante un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL) o un Plan Sanitario de Legionella (PSL).

Ahora, la intención es la de ampliar su alcance para que, lejos de responsabilizar únicamente a los propietarios, se consideren titulares, a efectos de una responsabilidad compartida en la materia, los explotadores de las instalaciones.

De esta forma, se pretende alcanzar una mayor seguridad en lo que respecta al cumplimiento normativo que especifica la propia ley. Esta es una cuestión muy relevante porque abre el camino para que la responsabilidad pueda recaer también en las empresas de mantenimiento.

Asimismo, la incorporación de una “disposición transitoria quinta”, establece que las personas titulares de las instalaciones deberán actualizar el Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL) a lo establecido en el presente Real Decreto, antes del 1 de julio de 2025.

Nuevas medidas para un control más eficaz

Otro cambio significativo es “la actualización del artículo 11, que ahora exige que la toma de muestras para la determinación de Legionella se realice exclusivamente por entidades o empresas acreditadas según la norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017”, señala el Ministerio de Sanidad. Se trata de una medida que busca que los procedimientos de muestreo se realicen con la máxima calidad y precisión, para un control más eficaz. Asimismo, “se concede un período transitorio hasta el 1 de enero de 2030”, con el fin de que las empresas obtengan dicha acreditación.

También se establece la obligación de que los depósitos e interacumuladores de ACS de entre 250 y 750 litros tengan un registro apropiado. Hablamos de aparatos que producen una gran acumulación de agua caliente con fines sanitarios.

Todas estas nuevas medidas, entre otras, están orientadas a conseguir un mayor control sobre la legionelosis, una enfermedad que en 2023 contabilizó 2.294 casos en España, según los datos recogidos por la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica.

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