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Hay situaciones en las que la vida te pone retos difíciles, muy difíciles para superar. Auténticos dramas familiares o personales que requieren de una lucha y una valentía casi sobrehumana para poder superarlos. Hay veces en la vida en la que crees tener todo controlado y de repente te ves sin la opción de trabajar no ya porque no haya trabajo, algo que le ocurre a millones de españoles en este país, sino porque no estés en condiciones de poder realizar tus posibles cometidos. Por sufrir enfermedades o accidentes, laborales o o no, que te impiden trabajar y te validad para adquirir la incapacidad permanente.
Tal y como explican en Campmany Abogados, "no existe oficialmente una lista o listado de enfermedades que causan Incapacidad Permanente, en cualquiera de sus grados (gran invalidez, absoluta, total y parcial). Sin embargo, hay una serie de patologías que comúnmente han sido y son reconocidas -tanto por vía administrativa como judicial- como enfermedades que pueden dar origen a una incapacidad laboral (y también al reconocimiento del grado de Discapacidad correspondiente)". Agorafobia, ansiedad, cáncer, cardiopatía, enfermedad de Crohn, esquizofrenia, fibromialgia, a la que recientemente se acogió una empleada del hogar en Sevilla, migrañas, parkinson, taquicardia o trastorno bipolar son algunas de la lista que a continuación os relacionamos.
Las enfermedades consideradas permanentes son las crónicas, que sus síntomas o secuelas no desaparecen por completo con el tiempo ni los tratamientos, y pueden llegar a ser invalidantes. Y la permanente absoluta hace referencia a las personas que no pueden volver a realizar ninguna actividad laboral, mientras que el grado de gran invalidez se asocia a una incapacidad extrema.
Una vez que te conceden la incapacidad permanente tu capacidad para generar ingresos queda limitada y por ello desde el gobierno conceden a los afectados una prestación económica que se determina en función del grado de incapacidad del solicitante, pero que se trata de una de las más cuantiosas que se ofrece, con una media de mil euros a las personas que reúnen los requisitos necesarios.
Si la enfermedad que se padece provoca una disminución del rendimiento superior al 33% en el desarrollo de su profesión, se concede una incapacidad permanente parcial. Si, en cambio, la persona afectada no puede volver a su puesto, el grado de incapacidad es permanente total.
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