Un juez sustituto tendrá que enjuiciar a Ortega Cano por el accidente mortal
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La vista no se suspenderá a pesar de la marcha de la titular del juzgado de lo Penal número 6.
Un juez sustituto tendrá que enjuiciar finalmente al torero José María Ortega Cano por el accidente en el que murió el vecino de Castilblanco de los Arroyos Carlos Parra Castillo, hechos por los que el diestro se enfrenta a una posible condena de cuatro años de cárcel.
La titular del juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, Trinidad Vergara Gómez, que fijó la celebración de la vista oral para el próximo 12 de marzo, ha conseguido un traslado al juzgado de Primera Instancia número 10, nombramiento que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que hoy mismo se hará efectivo. Desde ese momento, la plaza queda vacante y debe salir a concurso, lo que retrasará en al menos dos meses la designación del nuevo titular, según confirmaron fuentes judiciales.
La marcha de la titular del juzgado no provocará la suspensión de la vista oral, ya que está previsto que se nombre un juez sustituto para llevar el juzgado y que se encargará de enjuiciar a José Ortega Cano a partir del 12 de marzo, precisaron las mismas fuentes. El juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla recibió esta causa para su enjuiciamiento en mayo del pasado año, pero la sobrecarga de asuntos que registran estos órganos motivó que la celebración del juicio no se fijase hasta este mes de marzo.
La vista oral contra el matador ha sido señalada para los días 12, 13, 14, 15 y 19 de marzo, a partir de las 10:00, y en la misma testificarán 30 personas, entre testigos, guardias civiles y peritos que han examinado las circunstancias que rodearon el accidente que tuvo lugar el 28 de mayo de 2011 en la carretera A-8002, en el término municipal de Castilblanco de los Arroyos.
La Fiscalía ha solicitado una condena de cuatro años de prisión para el torero, al que imputa dos delitos contra la seguridad vial, por conducir de forma temeraria y con una tasa de alcohol de 1,26 gramos por litro de sangre -casi el triple de la permitida- y otro de homicidio por imprudencia.
El accidente se produjo sobre las 22:15, cuando el torero, que circulaba en su Mercedes R-320, llegó a la altura del punto kilométrico 28,150, en un tramo curvo a la derecha con "visibilidad reducida". El torero, según el ministerio Público, perdió el control del vehículo e invadió durante 60 metros el carril de sentido contrario, por el que circulaba la víctima en un Seat Altea.
Para la Fiscalía, Ortega Cano circulaba "en condiciones no apropiadas" para hacerlo, debido a la "previa ingestión excesiva de bebidas alcohólicas que le mermaban los reflejos necesarios para esta actividad, haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía".
El Ministerio Público considera que Ortega Cano circulaba a 125,2 kilómetros por hora en el momento del impacto, una velocidad superior a los 90 kilómetros que estaban permitidos en esa vía, y concluye que el torero no realizó ninguna maniobra para esquivar al otro coche, ya que "no existe ningún indicio de corrección de la trayectoria por parte del acusado".
El principal debate jurídico que se planteará en el juicio guarda relación con la validez de la prueba de alcoholemia practicada al acusado sobre unas muestras de sangre que se le extrajeron para fines terapéuticos en el hospital y que la defensa considera que son nulos por los posibles fallos en la cadena de custodia de la muestra.
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