Un perito sostiene que el torero tenía un estado de "embriaguez completa" en el momento del accidente y una tasa de 1,63
Juicio a Ortega Cano
Esa tasa es compatible con haber tomado entre "cuatro y cinco copas de licor", de ocho a diez cervezas y de cuatro a seis vinos.
Un perito de la compañía Mutua Madrileña, una de las dos que tenían asegurado el Mercedes de Ortega Cano, ha sostenido este viernes en el juicio que el torero tenía una estado de "embriaguez completa" o "borrachera" en el momento del accidente que costó la vida al vecino de Castilblanco Carlos Parra Castilla y que su tasa de alcohol era de 1,63 gramos de alcohol por litro de sangre, lo que triplicaba ampliamente el nivel permitido.
El doctor Fernando González Llera, especialista en Neurología, Neuropsiquiatría y Ciencias de la Conducta, ha ratificado en la cuarta sesión del juicio el informe pericial que hizo a partir de los resultados de Toxicología, del informe del Equipo de Reconstrucción de Accidentes (ERAT) de la Guardia Civil y de las declaraciones de los testigos.
Según este perito, con la tasa de alcohol de 1,26 que arrojó el análisis de Toxicología, Ortega Cano tendría un estado de "embriaguez incompleta", si bien aplicando el cálculo retrospectivo de la fórmula Dubovsky sobre la eliminación del alcohol en la sangre –por cada hora que pasan desde la última ingesta se pierden 0,15 gramos de alcohol-, resultaría que la tasa de alcohol real que llevaría en el momento del accidente sería de 1,63 gramos por litro de sangre, ya que la extracción de la muestra en el hospital Virgen Macarena se le practicó dos horas y media después de que tuviera lugar el suceso y ya estaba en la fase de eliminación.
Con esta tasa de 1,63 gramos, el acusado tendría un estado de "embriaguez completa", lo que "popularmente se conoce como borrachera", y que es compatible con haber tomado entre “ocho y diez cervezas, de cuatro a seis vinos, y entre cuatro y cinto copas de licor”, ha precisado.
Su estado físico y mental en esas condiciones sería no ya de obnubilación sino de "confusión mental", por cuanto "no tenía conciencia de sí mismo y de la situación en la que se encontraba", al existir una "incoherencia entre el pensamiento y la conducta motora". En ese estado, continuó el perito, no consigue mantener la dirección del coche en la curva en la que se produjo el accidente y "tira recto" hasta colisionar con el coche que conducía la víctima, porque "no vio que había otro coche en dirección contraria" al tener lo que técnicamente ha denominado como “visión en túnel” y tiene dificultades para verlo y detectar la velocidad con la que se le acerca el otro coche. "Se produce una falta de conocimiento y no tiene respuesta sobre el peligro, se ve sorprendido por ese peligro", ha añadido.
Sólo con la tasa de 1,26 gramos reflejada en los análisis, el doctor Fernando González ha dicho que el estado del torero sería de "embriaguez incompleta", que se manifiesta en "sentimientos de excitación, euforia y bienestar" que después se convierten en "obnubilación de conciencia y hace que el sujeto tenga una conducta que no es la habitual en él, porque todas las funciones psíquicas están alteradas, como en un estado de turbación intensa" y también se alteran sus facultades psicomotoras.
La juez Sagrario Romero ha preguntado a este perito de la compañía aseguradora, que está personada en el proceso como responsable civil del siniestro, si el torero pudo haber sufrido un "vahído o un mareo", como ha defendido Ortega Cano en su declaración. El perito descartó "totalmente" que sufriera un desvanecimiento, ya que, en su opinión, el diestro sufrió un estado de "confusión mental".
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