La mitad de las plusvalías que se cobran son por ventas con pérdidas
El impuesto reportó a los ayuntamientos de Sevilla casi 30,5 millones en 2015
En la capital fueron 21 millones de euros
Un fallo ha estimado ahora que cobrarlo cuando no hay ganancia es inconstitucional
Hace unas semanas que una sentencia del Tribunal Constitucionalsentencia del Tribunal Constituciona dictaminaba que es ilegal que, como viene ocurriendo, el impuesto municipal de la plusvalía se cobre a quienes venden un inmueble o suelo urbano por menos de lo que le costó, sin ganancia alguna. Es una circunstancia que, según expertos consultados por este diario, se ha dado con casi todos los propietarios que han vendido inmuebles que compraron después del año 2003, en la época de la burbuja inmobiliaria. Éstos han motivado en los últimos años alrededor de la mitad de las liquidaciones en Sevilla de este impuesto, técnicamente denominado sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU). No estarían afectados los contribuyentes que compraron antes de 2003, y que en el 90% sí habrían obtenido ganancias al vender. Se estima que esos casos en los que se ha pagado pese a que se ha vendido con pérdidas han generado al menos la mitad de los ingresos por plusvalía de los ayuntamientos, que en el año 2015 superaron en la provincia los 30 millones de euros.
El fallo declara inconstitucionales varios artículos de la norma foral que afecta a la regulación de este impuesto en el País Vasco, que son idénticos a los que se aplican a nivel estatal. Así, es cuestión de días que la inconstitucionalidad se extienda, teniendo en cuenta además que existen otras sentencias, de otros tribunales, en la misma línea. Entre ellas, hay una del TSJA que, en el mes de diciembre, dio la razón a un propietario que vendió un terreno en San Juan de Aznalfarache por cuatro veces menos de lo que le costó y le salió a pagar una plusvalía de más de 185.000 euros. El pronunciamiento del Constitucional abre la vía para que las reclamaciones se generalicen y obliga al Parlamento a aprobar una modificación de la ley que regula el impuesto.
Todo esto está teniendo ya efectos. Los despachos de abogados se empiezan a frotar las manos con las posibles reclamaciones, como ha ocurrido con otros problemas con los bancos y cajas. También ha vuelvo a llenar de incertidumbres a los ayuntamientos. Porque la reforma puede suponer otro bocado en los ingresos de los que disponen para dar servicios básicos y cuando las alternativas de financiación son limitadas. El cómo queden finalmente depende de la nueva regulación del impuesto que se haga. Éste consiste ahora básicamente en un coeficiente que se multiplica por el valor catastral, en función de los años en los que se ha tenido la propiedad y siempre sale a pagar, haya ganancia o no.
El IIVTNU es el tercer o cuarto impuesto de los que cobran directamente los ayuntamientos que más ingresos les reporta, por detrás del IBI y del sello del coche. Se alterna en el puesto con el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), que sólo pagan ya empresas que facturan más de un millón de euros al año. Estos impuestos directos suponen una tercera parte del total de los ingresos municipales (sin contar las subvenciones para programas de las que no pueden disponer libremente). Las otras dos son la Participación en los Ingresos del Estado (PIE) y en los Tributos de la Comunidad Autónoma (Patrica).
Según los datos de las liquidaciones de los presupuestos municipales de los que dispone el Ministerio de Hacienda, los ayuntamientos de Sevilla ingresaron en 2015 casi 30,5 millones de plusvalías que, sin estos casos de venta a pérdidas, podrían haberse quedado en unos 15. En el conjunto de Andalucía, fueron más de 267 millones. Es un impuesto que suele fluctuar de un año a otro, al no estar sujeto al padrón y depender de las operaciones que se cierran cada año. Otras fuentes consultadas apuntan, por ejemplo, que 2015 fue un año más importante en ventas en Sevilla que 2016: en los 75 municipios que tienen cedido la gestión de este impuesto al Opaef se pasó de un ejercicio a otro de una liquidación y recaudación por plusvalía de más de 6,6 millones a 3,5, tanto en periodo voluntario de pago como en ejecutivo. En 2014 fueron casi 5,3 millones.
En el caso de la ciudad de Sevilla -donde C's ya ha propuesto que se haga una revisión de oficio de para que se devuelva el dinero en estos casos-, este impuesto supuso unos ingresos de más de 21 millones de euros en 2015. En Alcalá de Guadaíra y Dos Hermanas se superaron los 3,5. Hay que tener en cuenta que, después de mucha controversia, el Gobierno central ya dejó exentos de este impuesto (que sólo se aplica a suelos e inmuebles urbanos, no a los rústicos) los casos de dación en pago a los bancos por la imposibilidad de hacer frente a las hipotecas. Sí se tiene que pagar en donaciones y herencias, pero muchos ayuntamientos lo bonifican total o parcialmente en este último caso.
Lora del Río anima a los afectados a pedir la devolución
El Ayuntamiento de Lora del Río es el único de Sevilla que, por ahora, ha animado a que los vecinos que crean que se puedan beneficiar de la sentencia del Tribunal Constitucional soliciten formalmente la devolución del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la plusvalía municipal. Según el edil de Hacienda, Eloy Tarno, todas las solicitudes de devolución serán tramitadas “reglamentariamente”. Por otro lado, la asociación de consumidores Asocoes ha dirigido un escrito al presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (Femp), Abel Caballero, para que inste a los ayuntamientos a revisar de oficio los expedientes y devolver el dinero en su caso, para evitar el colapso en los juzgados.
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