El TSJA declara legal el ERE de la base de Morón pese a sus intrusos
Tribunales
Anula una resolución anterior que consideró que la empresa vulneró los derechos de dos trabajadores legalmente incluidas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado legal el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) para 119 trabajadores de la empresa que gestiona los servicios civiles de la base de Morón de la Frontera, previamente anulado por la inclusión de intrusos en la fase previa.
La sala de lo contencioso del TSJA anula una resolución anterior del juzgado de lo contencioso 3, que consideró que el ERE de la empresa Vinnel, Brown and Root había vulnerado los derechos fundamentales de dos de las trabajadoras legalmente incluidas.
La Inspección de Trabajo localizó en dicho ERE a 31 personas que no prestaban servicios en la empresa en el momento del acuerdo, por lo que la resolución final de la Consejería de Empleo de la Junta, dictada el 9 de diciembre de 2010, solo autorizó la extinción de 119 contratos laborales.
Pese a ello, el juez de lo contencioso consideró que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial de dos trabajadoras legalmente incluidas porque la Administración "debió, en todo caso, acordar la remisión del acuerdo a la jurisdicción laboral" para que resolviera sobre su posible nulidad.
Ahora, el TSJA dice que al haber incluido en el ERE "exclusivamente a trabajadores de la empresa, no se incurre en vicio alguno invalidante" por el hecho de que en fases previas sí que se hubiera incluido a personas ajenas.
El acuerdo finalmente presentado a la Administración "incluye exclusivamente a quienes sí son trabajadores", hecho con el que "decae la primera premisa de la que se parte para apreciar la vulneración del derecho fundamental de las recurrentes".
El derecho fundamental a la tutela judicial "lo es para la defensa de los derechos e intereses legítimos, sin que seamos capaces de conocer en qué medida una eventual remisión del acuerdo a la jurisdicción laboral hubiera reportado para la esfera laboral de las dos recurrentes", señalan los jueces.
Los únicos que estarían interesados o perjudicados por dicha remisión del acuerdo hubieran sido los trabajadores a los que se quería excluir del acuerdo y de las posibles indemnizaciones, "pero no quienes sí están incluidos de forma correcta", añaden.
La sentencia recuerda que lo que las trabajadoras recurrentes -médico y enfermera- cuestionaban "no es que se las prive de la posibilidad de discutir la incorrecta inclusión de ellas en el acuerdo", sino que inicialmente se quería incluir a quienes no tenían "la condición básica de trabajadores de la empresa".
Vinnell, Brown and Root es adjudicataria de los servicios civiles de la base conjunta hispano-norteamericana y había presentado un ERE por causas organizativas y productivas en el que se acordaron las máximas indemnizaciones legales para los trabajadores acogidos.
No hay comentarios