El TSJA obliga al Consistorio a asumir las zonas comunes de Villares Altos
Tomares
Una sentencia reconoce que los vecinos no están obligados a mantener la urbanización.
Una sentencia firme del TSJA obligará al Ayuntamiento de Tomares a asumir todos los costes de mantenimiento y conservación en las calles y otras zonas comunes de una de las históricas urbanizaciones del municipio, surgida en los años 70, Villares Altos, que venía funcionando como una Entidad Urbanística de Conservación (EUC). El fallo recoge que, dado que las obras de la parcelación se recepcionaron hace más de 30 años, el Ayuntamiento no puede crear la figura a posteriori, como se hizo en el PGOU de 2005, y que, en todo caso, esa entidad no puede tener una duración indefinida, sino durante un tiempo que debe especificarse en el acuerdo al que se llegue con los vecinos. Ello se debe a que la conservación de una zona urbanizada es responsabilidad por ley de los ayuntamientos, con pocas excepciones. La sentencia es firme y el abogado que representa a los tres propietarios que denunciaron, Fernando Salmerón, ya ha presentado un escrito pidiendo su cumplimiento.
Fuentes municipales explicaron que cumplirán la sentencia. No pueden hacer otra cosa. Aunque recuerdan que la entidad urbanística de conservación se creó a instancia de los propios propietarios, que optaron por la figura para tener determinados estándares de conservación y servicios (vigilantes, jardineros, club social) por encima de lo que puede garantizarle el Ayuntamiento. Pero, como evidencia el fallo, no todos estaban de acuerdo. El Consistorio considera que también podrían haber optado y pueden hacerlo ahora por constituirse en comunidad de propietarios.
La entidad urbanística de conservación implica que los propietarios de viviendas tengan que pagar grandes cantidades de dinero para costear ese mantenimiento, que en el caso de Villares Altos es elevado: se trata de 75 chalés de dos plantas, con importantes jardines. En la entidad participa también el Consistorio que, ante un impago, va a la vía de apremio y puede embargar a los propietarios que no paguen, sin que medie denuncia, como ocurre con el impago de cuotas en las comunidades de vecinos al uso.
Según ha explicado el abogado que ha llevado el caso a estos tres propietarios de otras tantas viviendas, las zonas comunes de Villares Altos se cerraron, aunque fue con posterioridad a que el Ayuntamiento no asumiera el coste de mantenimiento. El letrado asegura además que el de Villares Altos no es el único caso de este tipo que su despacho está llevando en Sevilla, porque la figura de la entidad urbanística de conservación se está utilizando de forma "abusiva" en muchos municipios, ahora que los ayuntamientos tienen menos fondos públicos para asumir áreas urbanizadas. Es frecuente, por ejemplo, en nuevos polígonos industriales. Incluso, se condiciona la recepción de las obras a que los propietarios acepten constituirse en una entidad de este tipo.
Pero la sentencia de Tomares sienta un precedente y da por buenos argumentos novedosos. El fallo de la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo del TSJA fue notificado el 25 de octubre.
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