El alcalde de Guillena aplaude la declaración del municipio como zona catastrófica tras el incendio de los Lagos del Serrano
Con la aprobación del Consejo de Ministros, se podrán activar todas las ayudas para paliar los efectos del desastre del pasado 10 de julio
Controlado el incendio de la nave de Utrera, que finalmente se ha derrumbado
El alcalde de Guillena, Lorenzo Medina (PSOE), valora de muy satisfactoria y de forma muy positiva la aprobación por parte del Consejo de Ministros del Gobierno de España de la declaración del municipio de Guillena de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, conocida como zona catastrófica, ya que, con esta medida, se podrán "activar todas las ayudas tras el desastre" ambiental que dejó tras de sí el incendio originado el pasado 10 de julio en el entorno de los Lagos del Serrano.
Este fuego ocurrido a principios de verano calcinó más de 500 hectáreas de monte en norte del término municipal de Guillena y obligó a desalojar a 120 personas. Aunque las "primeras valoraciones" no arrojaron afecciones en infraestructuras o equipamientos del término municipal en sí, sí hubo parcelas y fincas afectadas, algunas incluso en los términos de El Ronquillo y Castilblanco.
Para Lorenzo Medina ahora toca conocer con más detalle el decreto y activar todas las ayudas que sean posibles y las que se tengan acceso para reparar los daños ocasionados por el incendio.
Ayudas previstas para las zonas catastróficas
Entre las medidas de recuperación previstas en el acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros; las ayudas por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros, y las ayudas por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50% de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros.
Una lista a la que se suman las ayudas por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50% de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros; las ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros, y las ayudas por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50% de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros.
Por último, se incluyen las ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes el importe total de los gastos y las ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros. El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
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