El Dioni seguirá preso por el riesgo de fuga y de que destruya pruebas
almensilla
La juez argumenta que fue "deportado" desde República Dominicana, siendo detenido en España.
Julio Mateos Palacios, el tesorero de la junta de compensación del Sector F de Almensilla y conocido como el Dioni de esta localidad aljarafeña, seguirá en prisión provisional. La juez de Coria del Río Miriam López, que investiga el desfalco de 3,7 millones que se le atribuye, ha rechazado la petición de libertad que planteó su defensa, que había alegado que se vulneró el plazo de las 72 horas para su puesta a disposición judicial.
En un auto, la titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coria ha asegurado que en este caso "persisten" los indicios de responsabilidad criminal de Julio Mateos Palacios -que fue detenido el pasado 18 de agosto en el aeropuerto Adolfo Suárez de Madrid-, así como el posible "riesgo de fuga, de reiteración delictiva y destrucción o alteración de fuentes de prueba relevantes" para el esclarecimiento de los hechos.
La defensa había solicitado la nulidad de las actuaciones desde que se dictó el auto de prisión provisional, al considerar que se había producido habiendo sobrepasado el plazo máximo de 72 horas de su detención, por lo que a su juicio se había vulnerado el derecho a la libertad personal. El abogado del Dioni alegaba que se trató de una detención judicial y que "no costa en las actuaciones cuando fue detenido en República Dominicana", el país donde se refugió tras haberse dado a la fuga, y añadía que la detención se materializó desde el mismo momento en que se subió al avión de la compañía Iberia que lo trasladó a España, fijándose desde ese instante el inicio del cómputo de las 72 horas.
Sin embargo, la juez ha considerado, al igual que la Fiscalía de Sevilla -que pidió que se rechazara la petición de la defensa-, que la ejecución material de la detención tuvo lugar a las 11:30 horas del pasado 15 de agosto en el aeropuerto internacional Adolfo Suárez, con lo que el plazo máximo legal finalizaba a las 11:30 del 18 de agosto.
De esta forma, la juez sostiene que la prisión provisional fue dictada "antes de transcurrido el plazo previsto en la ley como límite máximo para la duración de la detención judicial decretada en autos", dado que el Dioni fue trasladado al juzgado de Coria a primera hora de la mañana del 18 de agosto, fecha en la que se le tomó declaración en calidad de investigado y se celebró la comparecencia prevista en la ley para resolver sobre la adopción de medidas cautelares personales, en este caso, sobre su privación de libertad.
La instructora argumenta que la situación legal del investigado a su llegada a España no era la de "detenido" por búsqueda y detención acordada por la autoridad judicial española, sino que había sido "deportado" por las autoridades de inmigración de la República Dominicana. "La situación del investigado era de libertad tanto durante su embarque como durante el trayecto con destino al aeropuerto Madrid-Barajas" y por tanto el cómputo de las 72 horas se produce cuando se practica la detención en el aeropuerto de Madrid por los funcionarios de la brigada central de apoyo operativo internacional de la Policía Judicial, que practican el arresto dando cumplimiento a la orden judicial.
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