Los 27 rechazan una definición común en la UE para el delito de violación
Los ministros de Justicia no comparten la propuesta de Bruselas de tipificar las penas con la base del consentimiento y no la fuerza o la intimidación
Ley del 'solo sí es sí': Todo acto sexual sin consentimiento expreso es violación desde este viernes
Bruselas/Los ministros de Justicia de la Unión Europea (UE) rechazaron este viernes crear una definición a escala comunitaria del delito de violación para fijar penas alineadas en todos los Estados y para tipificarlo en cada país basándose en la ausencia de consentimiento por parte de la víctima, es decir, sin la necesidad de que el agresor haya usado la fuerza o haya amenazado con usarla, tal y como planteó la Comisión Europea el año pasado en una propuesta de Directiva, que aspira a convertir la violación en un nuevo eurodelito.
El rechazo de los Estados se debe "exclusivamente a razones jurídicas que han sido intensamente debatidas a nivel técnico", argumentó el ministro sueco de Justicia, Gunnar Strommer, durante la reunión con sus homólogos de los Veintisiete celebrada en Luxemburgo por el Consejo de la UE, ahora presidido por Suecia.
Strommer afirmó que esta postura "no puede ser interpretada como un cuestionamiento" hacia un delito como el de violación por parte de los miembros del Consejo, que es el organismo comunitario donde están representados los gobiernos de cada Estado miembro.
El ente aprobó en el encuentro una posición común entre los países de la UE para negociar la Directiva sobre lucha contra la violencia machista, propuesta por la Comisión Europea el pasado año para armonizar en todo el bloque comunitario la definición de algunos delitos contra las mujeres y elevarlos así a eurodelitos.
En este texto acordado por los Veintisiete es donde ha caído la propuesta de la Comisión de crear una tipificación común de la violación, que también fijaba una pena máxima unificada de al menos ocho años. La decisión no es definitiva, ya que el Consejo deberá consensuar el texto final con el Parlamento Europeo antes de que se convierta en ley.
La comisaria europea de Igualdad y principal impulsora de la norma, Helena Dalli, reprochó a los Estados su "falta de ambición política" en el texto adoptado, e intervino en la reunión de los ministros de Justicia de la UE para "lamentar" que los Veintisiete no hayan asumido la armonización del delito de violación.
Según Dalli, este rechazo "se basa en una interpretación restrictiva de la base legal" que sustenta la normativa propuesta por el Ejecutivo comunitario.
La comisaria de Igualdad se mostró contrariada porque, según dijo, la base legal empleada para definir la violación es "la misma que ya ha sido usada para la tipificación del abuso sexual infantil" en otra legislación europea que lleva aprobada desde 2011, la Directiva contra los abusos sexuales a menores.
La propuesta de Bruselas plantea que, para condenar una violación, no sea necesario que el agresor haya usado la fuerza o haya amenazado con hacerlo, algo que todavía requieren una mayoría de 18 de los 27 países que conforman el bloque comunitario, según los últimos datos publicados por la Comisión Europea en 2022.
Aun así, durante la reunión de ministros de Justicia de la UE, los titulares de Italia, Grecia, Bélgica y Luxemburgo manifestaron públicamente su discrepancia por el hecho de haber descartado a la violación como eurodelito, aunque los ministros italiano y belga comunicaron que apoyarían de todos modos el acuerdo logrado.
Pese a no intervenir en el debate, la posición de España también era partidaria de mantener la tipificación unitaria de la violación, según señalaron fuentes diplomáticas consultadas por EFE, pese a que al final también apoyaron el conjunto del texto.
El documento aprobado por los Estados elimina la violación de la lista de delitos contra las mujeres planteados por la Comisión Europea, pero mantiene el resto de los nuevos eurodelitos que propuso en Bruselas en la misma Directiva.
Se trata de la mutilación genital femenina, el ciberacoso, la difusión no consentida de imágenes íntimas y la incitación al odio y a la violencia contra las mujeres a través de Internet.
En cuanto a estos ciberdelitos, los Estados de la UE anularon del texto de la Comisión el requisito de que, para ser penado, el material delictivo tenga que ser "accesible a una multitud de usuarios finales", de modo que, según indicaron fuentes comunitarias, este cambio abre la puerta a penar la difusión no consentida de imágenes en ámbitos reducidos, como una escuela.
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