La aldaba
Carlos Navarro Antolín
¡Vamos al altramuz como reclamo de Sevilla!
Seguridad al volante
La mascarilla se ha convertido en un imprescindible de nuestras vidas en el último año, pero en muchas ocasiones estamos deseando encontrar el momento para poder quitárnosla y respirar. ¿Puede ser en nuestro coche particular? Esto depende de la situación, y la DGT ha querido ayudarnos a solucionar algunas de nuestras dudas y recordarnos las multas pertinentes si no cumplimos las normas de seguridad.
A día de hoy lo que dicta la ley es lo siguiente:
Multa de 100 euros: Si viajamos con personas no convivientes y no llevamos la mascarilla. Estarán exentos los menores de seis años o personas con justificación médica.
Si en el lugar en el que residimos no están permitidas las reuniones de más de dos o cuatro personas, en los coches no se podrá superar dicho límite, independientemente de la capacidad del vehículo. Esta infracción también supondría una multa de 100 euros.
Multa de 80 euros: Mientras conducimos, si nos quitamos la mascarilla se recomienda guardarlas en unas cajas o sobres de plástico para protegerlas. Si las colocamos sujetas en el retrovisor, como si de un elemento decorativo se tratara, podemos reducir la visibilidad y los agentes podrían multarnos con al menos 80 euros.
Hay que tener cuidado con esta multa de la que avisa la DGT, que asciende a una cuantiosa cantidad económica debido a los riesgos que puede suponer.
Se sancionará con hasta 500 euros a aquellos conductores que se quiten o pongan la mascarilla mientras conducen. Los agentes pueden entender que se está cometiendo una acción de conducción temeraria o negligente, ya que inhabilitamos al menos una de nuestras manos y perdemos la atención de la carretera por unos segundos.
Si vamos a conducir solos o con convivientes la mascarilla no es obligatoria, pero deberemos quitárnosla antes de arrancar, o podríamos recibir una sanción.
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