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Así es el nuevo manual de la DGT para el uso de patinetes eléctricos

Esta nueva regulación ha establecido que los vehículos de movilidad personal (VMP) requerirán, para poder circular, el certificado de circulación.

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Se regula el uso de patinetes y vehículos personales.
Redacción

24 de enero 2022 - 13:59

Después del auge que están teniendo los patinetes eléctricos, la Dirección General de Tráfico (DGT) llevaba meses advirtiendo sobre la creación de una normativa que regulara el uso de estos transportes.

Finalmente, se han cumplido las advertencias y la DGT ha publicado el Manual de Características Técnicas de los Vehículos de Movilidad Personal, que entró en vigor el pasado 22 de enero.

Esta nueva regulación ha establecido que los vehículos de movilidad personal (VMP) requerirán, para poder circular, el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles y su identificación. En este sentido, se ha estipulado que los VMP vendidos a partir del 22 de enero de 2024 serán debidamente certificados, mientras que, aquellos que se vendieran con anterioridad a esa fecha, tendrán hasta el 22 de enero de 2027 para circular sin certificación.

Prohibición de circulación de los VMP

Se ha estipulado que los patinetes eléctricos no pueden circular ni por vías interurbanas ni por aceras, por lo que su uso se limitara a los espacios habilitados como el carril bici o la carretera.

La limitación de que los VMP no puedan circular por vías interurbanas, es decir, una vía que no circula dentro de una ciudad, pueblo u otra localidad con edificios, se debe a que su límite de velocidad está establecido en 25 km/h, por lo que supondría un peligro para el conductor adentrarse en una carretera que puede llegar a alcanzar un límite de 120 km/h.

Algunos requisitos de los VMP: luz y sonido

Este manual ha establecido que "los vehículos de movilidad personal deben estar equipados de catadióptricos frontal (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y trasero (rojo)". Asimismo, estos vehículos deben poseer "un sistema de iluminación en la parte delantera (blanca) y trasera (roja)".

También deberán incluir la función de luz de freno diferenciada o combinada con la luz trasera, con intensidad y distribución de luz de acuerdo con lo establecido por dicha norma. Este requerimiento se matiza cuando se trata del uso de VMP para transporte de mercancías u otros servicios, en cuyo caso se deberá incluir "reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma".

Como añadido, todos los vehículos de movilidad personal deben estar equipados de un avisador acústico que, para aquellos destinados al transporte de mercancías, deberán incluir además obligatoriamente un aviso sonoro de marcha atrás.

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