La aldaba
Carlos Navarro Antolín
¡Anda, jaleo, jaleo!
Los patinetes eléctricos se han convertido en uno de los vehículos más demandados de los últimos tiempos, tanto en las ciudades como en el ámbito rural estos elementos han ayudado a que los peatones reduzcan el tiempo de llegada entre un destino y otro. No obstante, aquellos que tengan uno de estos VMP (vehículos de movilidad personal) tendrán que tener en cuenta que en el mes de enero se actualiza la normativa de la DGT y todos aquellos patinetes eléctricos que no estén homologados no podrán circular.
Según el Reglamento General de Vehículos, son aquellos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h y que sólo puede estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.
Tráfico recuerda que estos vehículos no pueden circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. Tampoco por las aceras en las ciudades.
Además, al ser considerados como vehículos a todos los efectos, sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto.
Desde la DGT se recomienda que el ciudadano que quiera adquirir un VMP consulte tablas como las que ofrecemos aquí, donde encontrará las marcas y modelos que ya han sido certificados.
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