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Tengo cita previa en la ITV, ¿me pueden multar?

Tráfico

Desde el comienzo de la pandemia y el estado de alarma, conseguir cita en la ITV se convierte en un quebradero de cabeza

Miles de ciudadanos pueden recibir multas por circular con la ITV caducada

Actividad en una ITV de Andalucía. / Veiasa

05 de abril 2021 - 14:08

Hemos superado el año de pandemia y son muchos conductores los que, a causa del teletrabajo y de las restricciones perimetrales, han disminuido el uso del coche. Además, el confinamiento domiciliario de marzo de 2020 llevó a que muchos conductores dejaran de lado un aspecto muy importante del vehículo: la ITV.

Con la llegada del buen tiempo, y la libertad de movimientos en algunas comunidades, son muchos los conductores que no han pasado por la ya tradicional revisión del vehículo, pero que siguen circulando. Muchos de ellos lo hacen con la cita previa ya pedida, pensando que ese trámite le permite viajar con total normalidad.

Ni mucho menos. Haber solicitado cita previa en la ITV no nos permite circular con el vehículo fuera de plazo, pues la ley entiende que se trata de una falta de previsión que no justifica que utilicemos un vehículo que podría suponer un peligro para sus ocupantes y el resto de usuarios de la vía.

Haber solicitado cita previa en la ITV no nos permite circular con el vehículo fuera de plazo y podría significar una multa de hasta 500 euros

Más aún. Si acudimos a la ITV en tiempo y forma, pero obtenemos un resultado desfavorable, no podremos circular con el vehículo más que para acudir al taller o a la estación de inspección para pasar una nueva revisión. Y el hecho de que tengamos un plazo concreto para volver a pasar dicha inspección (dos meses) no nos habilita para utilizar el vehículo con normalidad.

En el peor supuesto de todos, una inspección negativa, se considera que el vehículo supone un peligro claro y ni siquiera podrá abandonar la estación de ITV si no para ser llevado a un taller mecánico.

Una moratoria ya caducada

Hay que recordar que, el pasado verano, y con motivo del confinamiento domiciliario, el Gobierno de España aprobó una moratoria de tres meses para los vehículos cuya ITV caducaba entre el 21 de junio y el 31 de agosto.

De ese modo, se intentaban minimizar las consecuencias del colapso existente en las estaciones de la Inspección Técnica de Vehículos. Sin embargo, eso ya es pasado y en la actualidad todo vehículo debe circular de manera obligatoria con la ITV en vigor.

Por tanto, siempre debemos prever con tiempo el momento de acudir a la estación de inspección o nos arriesgaremos a ser parados en un control y tener que afrontar una denuncia y su correspondiente multa.

Multas de hasta 500 euros

En primer lugar y según la normativa, circular con la ITV del coche caducada acarrea una multa de 200 euros. En segundo lugar, en el caso de que el conductor de un vehículo con ITV desfavorable continúe usándolo, se enfrenta a una multa de hasta 200 euros. Y, en tercer lugar, en el caso de que el propietario de un vehículo con la ITV suspendida o negativa, la multa es aún mayor, ya que se incrementa hasta los 500 euros.

En ninguno de los casos, al propietario del vehículo en cuestión se le restan puntos en su carné de conducir.

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