ITV: nuevos cambios y multas de hasta 500 euros
Seguridad vial
A partir de hoy entra en vigor el nuevo procedimiento de las ITV y que introduce cambios en los elementos de los vehículos sujetos a revisión
Las sanciones pueden ser de hasta 500 euros por delitos "muy graves"
Hoy entra en vigor la nueva revisión del Manual de Procedimiento de ITV, un texto en el que se incorporan los cambios para adecuar la inspección a nuevas tecnologías y se especifican algunos procesos de revisión.
AECA-ITV explica que las principales diferencias que pueden notar los conductores en las estaciones afectan al cambio de gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando es obligatorio. A partir de ahora, el fallo de este sistema antibloqueo de frenos dejará de ser un defecto leve para considerarse grave.
Además, el posible desprendimiento de los retrovisores también tendrá la misma consideración, como defecto grave.
También se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación a través del Registro General de Vehículos de la DGT si no es presentado en la ITV.
ITV y Brexit
Por su parte, en esta nueva versión del manual de procedimiento se introducen también los cambios que ha traído consigo el Brexit. A partir de ahora, en el caso de los vehículos procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España con posterioridad al 31/12/2020, se considerarán vehículos procedentes de terceros países (países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo).
Por lo tanto, a partir de esa fecha, requerirán cumplir todos los requisitos necesarios para la matriculación de estos tipos de vehículos y deberán realizar los trámites de importación necesarios.
Además, las homologaciones de vehículos otorgadas por el Reino Unido a partir de la fecha indicada, no tendrán validez como homologación europea perdiendo todos los beneficios que ello supone desde el punto de vista de documentación y simplicidad de tramitación.
Esta última revisión que se ha realizado del Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones de ITV mantiene la adaptación de los procedimientos de inspección a las recomendaciones para limitar los contagios de la Covid-19.
No es obligatorio atender con cita previa, aunque en cumplimiento de lo anteriormente expuesto, desde AECA-ITV recomiendan que se establezcan turnos ordenados con anterioridad.
Líos con las prórrogas
Las prórrogas aún siguen dando que hablar. Desde que el pasado 2 de marzo se acabara el plazo excepcional de las prórrogas para pasar las inspecciones técnicas caducadas durante el primer estado de alarma, han sido muchas las dudas que se han generado frente a cuándo se debe pasar la ITV en este 2021.
Este hecho está suponiendo un incremento alarmante de vehículos que les vence la ITV desde el pasado mes de marzo de 2021 y no realizan la inspección correspondiente. Por ello, desde AECA-ITV responden a algunos de los principales interrogantes que todavía hoy tienen muchos conductores.
Se “tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma”. Esto significa que, aunque un vehículo haya pasado la inspección después de su fecha habitual, este año deberá volver a hacerlo en el momento en que le tocaba desde un inicio, aunque esto signifique que no ha pasado un año desde la última inspección.
Por ejemplo, en el caso de un turismo de más de 10 años de antigüedad que le caducó la ITV el 16 de abril de 2020 y pasó la ITV el 2 de junio de 2020, debió realizar la próxima inspección técnica el 16 de abril de 2021 y no el próximo 2 de junio.
Si todavía quedan dudas respecto a cuándo se debe pasar la inspección técnica, desde AECA-ITV recomiendan a los conductores que verifiquen la fecha de vencimiento de la ITV en la ficha técnica del vehículo, en la pegatina de vigencia de la ITV situada en el parabrisas o por medio de la app de la Dirección General de Tráfico miDGT. Además, establecen que deben seguir seguir los mensajes y recomendaciones de su estación ITV.
Nuevas sanciones
Los cambios de la ITV 2021 no sólo afectan a los cambios durante la inspección, sino que también registran modificaciones en las sanciones relacionadas con la Inspección Técnica de Vehículos, con multas que van desde los 200 a los 500 euros dependiendo de estos tres casos:
ITV caducada. Tener la ITV fuera de plazo se sancionará a partir del 1 de junio con 200 euros de multa, más la obligatoriedad de pasarla inmediatamente mientras el vehículo no esté dado de baja. Y es que, aunque el coche esté parado en la calle o en un garaje, está obligado a tener la ITV en vigor.
ITV desfavorable. Si no se ha logrado superar la inspección por encontrarse defectos graves en el vehículo, el usuario tiene un plazo máximo de 2 meses para repararlos y volver al ‘examen’. Además sólo está permitido desplazarse hasta el taller y al lugar de la inspección. Si bien se superan esos dos meses, o se pilla al conductor en un recorrido que no sea el especificado (aunque esto es más interpretable), se le castigará con una multa de 200 euros.
ITV negativa. Si el vehículo ha recibido una calificación negativa por detectar defectos muy graves, quedará completamente impedido para circular. De ese modo, sólo se podría transportar al lugar de reparación en grúa. Pero si el usuario se expone a circular con él, aunque sea para ir directamente al taller, se arriesga a que le sancionen con una multa de 500 euros.
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