Ni hacer publicidad con animales ni usar collares de descarga eléctrica: las prohibiciones de la nueva ley animal

Ley bienestar animal

Ni hacer publicidad con animales ni usar collares de descarga eléctrica: las prohibiciones de la nueva ley animal
Ni hacer publicidad con animales ni usar collares de descarga eléctrica: las prohibiciones de la nueva ley animal
A.A.C

17 de octubre 2021 - 12:23

Diez días después de que saliera a la luz el anteproyecto de ley sobre la nueva Ley de Bienestar Animal elaborado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, sigue generando debate entre profesionales del diferentes sectores relacionados con animales además de causar dudas entre la población.

En otros artículos os hemos dado las claves de esta posible nueva ley, cómo será el curso para la tenencia de mascotas o qué multas podría conllevar incumplirla. En este sentido, la ley establecerá diferentes tipos de sanciones. Por ejemplo: matar un animal en España de forma intencionada o causarle secuelas permanentes y graves de forma intencionada será sancionado con una multa desde 100.000 hasta 600.000 euros.

Prohibiciones de la nueva ley animal

Pero, ¿qué otras prohibiciones habrá para las personas que no cumplan la ley? os las enseñamos en Mascotíssimas.

Hacer publicidad con animales

Queda prohibida la utilización de animales como reclamo publicitario, excepto para el ejercicio de actividades relacionadas con los mismos, en cuyo caso se deberá obtener autorización administrativa previa.

Usar collares de descarga eléctrica

Entre otros, queda prohibido usar correas, collares u otros aparatos eléctricos similares que causen daños y sufrimientos a los animales sin perjuicio de las excepciones que se establezcan reglamentariamente.

Trabajar con animales

No se les podrá someter a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales.

Sacrificarlo

En este sentido, solo se procederá a la eutanasia o el sacrificio de animales de forma justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar su sufrimiento, en casos de enfermedad o heridas incurables, o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados normativa o científicamente.

Tampoco se podrá sacrificar por cuestiones económicas, de sobrepoblación, ni problemas de comportamientos, etc. Públicamente no se podrá sacrificarse animales ni utilizarlos en espectáculos u otras actividades en las que puedan ser objeto de tratamiento indigno, tales como el tiro al pichón, tiro a tubo o prácticas que puedan ocasionar la muerte de animales de compañía o domésticos. Queda excluida de esta prohibición el sacrificio de animales de producción y los utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluida la docencia, que se regirá por su normativa específica.

Realizar mutilaciones

La nueva ley prohíbe todo tipo de mutilación o modificaciones corporales; se exceptúan las precisas por necesidad terapéutica para garantizar su salud o para limitar o anular su capacidad reproductiva, sin que pueda servir de justificación un motivo funcional o estético de cualquier tipo.

Animales en tómbolas

Se prohíbe utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción.

Prohibido liberar mascotas

La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal doméstico también queda prohibida.

Cadáveres de animales

Está prohibida la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación, cuando ésta sea obligatoria, y la no comunicación a la administración competente de la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.

Cruces y criaderos

Queda prohibida la cría no autorizada de cualquier especie de animal de compañía.

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