¿Es posible que la nueva ley de bienestar animal pueda no prohibir tener mascotas en pisos de alquiler?

Ley de bienestar animal

¿Es posible que con la nueva ley de bienestar animal no puedan prohibir tener mascotas en pisos de alquiler?
¿Es posible que con la nueva ley de bienestar animal no puedan prohibir tener mascotas en pisos de alquiler?
A.A

16 de marzo 2022 - 18:42

Desde el pasado mes de enero han surgido decenas de dudas entre los propietarios de las mascotas debido a una modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil que se aprobó definitivamente en el Congreso de los Diputados. El motivo es que en dicha reforma aprobada el 2 de diciembre de 2021 se indicaba que a partir del 5 de enero en España los animales tendrían un estatuto jurídico distinto al de los bienes materiales y desde entonces fueron considerados "seres vivos dotados de sensibilidad".

A partir del momento en que las mascotas fueron considerados como "seres sintientes" empezaron a surgir dudas como: ¿sería posible que mi casero no me pudiera prohibir tener mascotas en el piso de alquiler?

Esta pregunta es una de las más cuestionadas para los amantes de los animales a la hora de encontrar un piso de alquiler donde vivir y aunque se haya hecho una serie de modificaciones, en ningún momento se ha aceptado que una persona tenga que admitir animales en su vivienda.

Es importante recordar que incluso a día de hoy la Ley de Bienestar Animal es un anteproyecto y por ende ninguna de las medidas previstas han entrado en vigor.

Acuerdo entre arrendador y arrendatario

A la hora de elaborar un contrato de alquiler entre un arrendador y un arrendatario se debe establecer una serie de acuerdos que deberán quedar muy claros antes de firmarlo y realizar una mudanza. El propietario de la vivienda deberá acordar con su inquilino las prohibiciones que quiera establecer, siendo algunas de estas las siguientes: colgar cuadros, pintar paredes, hacer modificaciones estéticas, tener mascotas e incluso la prohibición de fumar dentro del hogar.

En el momento que un inquilino infringe alguna de estas normas del contrato, el arrendador tiene la capacidad de poder rescindir el contrato si lo desea. Por otra parte, también se puede permitir mascotas en la vivienda siempre y cuando no haya ningún daño en la estructura del hogar o los muebles. En el caso de que se incumpla, el inquilino podría perder la fianza en caso de que la hubiera y así lo hubieran establecido.

Según algunos expertos, con la nueva Ley de Bienestar Animal el hecho de elevar a los animales a rango de ley, podría complicarse esta cuestión, pero a día de hoy es algo que no se aplica.

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