La aldaba
Carlos Navarro Antolín
Más allá de la voz de la Laura Gallego
Sevilla/La Navidad trae consigo la emoción de la Lotería de Navidad, un evento que marca el inicio de las festividades y que se vive con una gran dosis de ilusión en toda España. La tradición de regalar décimos de lotería entre amigos, familiares o compañeros de trabajo es una costumbre muy extendida.
Sin embargo, surge una cuestión importante: ¿qué ocurre si el décimo resulta premiado? ¿Podrían aquellos que regalaron el décimo reclamar una parte del premio? Un décimo de la Lotería de Navidad es considerado un documento al portador.
Esto significa que no está vinculado a un titular específico, y por tanto, la persona que posea físicamente el décimo es considerada como la propietaria legítima. En este sentido, en ausencia de un acuerdo o de evidencias que indiquen lo contrario, quien tenga el décimo en el momento de cobrar el premio es reconocido como su dueño legítimo.
Cuando se comparte o se regala un décimo, se vuelve crucial tener algún tipo de evidencia o prueba de tal acuerdo. Esta evidencia podría ser una fotocopia del décimo o un documento escrito donde se detallen claramente los nombres de todos los participantes, la cantidad que corresponde a cada uno y, de ser posible, la firma de todas las partes involucradas.
Estas precauciones son de vital importancia porque, en el caso de que un premio sea compartido, todos los ganadores deben ser identificados, así como su porcentaje de participación en el premio.
Identificar a los participantes es crucial. En el caso de que un individuo cobre la totalidad del premio sin haber identificado previamente a los demás participantes, esta acción podría ser considerada como una donación. Este hecho implicaría una obligación de pagar el impuesto correspondiente a dicha cesión.
Así, es fundamental que todos los participantes sean proscritos adecuadamente al momento de cobrar el premio en el banco. Desde el 1 de enero de 2013, los premios que superan los 40.000 euros están sujetos a una retención del 20%. Para asegurar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales, la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) se encarga de enviar el porcentaje requerido a Hacienda, entregando así a cada uno de los jugadores su porción correspondiente del premio neto.
En casos especiales, como los matrimonios que se rigen por el régimen de bienes gananciales, si uno de los cónyuges es quien adquiere un décimo premiado, el premio resultante debe ser dividido equitativamente entre ambos cónyuges.
Algunas recomendaciones para evitar complicaciones incluyen:
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