¿Se considera una donación si comparto el premio de la lotería con mi pareja?
El reparto de las ganancias obtenidas durante el matrimonio se reparten entre los cónyuges dependiendo del régimen en el que se hayan casado
Si me toca la Lotería de Navidad y le doy dinero del premio a mis hijos, ¿tengo que pagar algún impuesto?
Comprar un décimo de lotería de Navidad es una tradición española que pasa de generación en generación, son muchas las personas que pese a no apostar ni un solo euro en todo el año en los diferentes sorteos que hay, se involucran y participan en este 22 de diciembre con la lotería navideña. La ilusión de poder conseguir un "pellizco" de ese esperado premio Gordo, inunda las calles y los hogares de España. Hay quienes adquieren el boleto en solitario, otros que lo comparten con amigos, familiares o con su marido o mujer y hay quienes tienen duda de cómo se repartiría este premio en caso de los matrimonios.
La confianza que se presupone que debe haber en una pareja o matrimonio no siempre es así y mucho menos en temas económicos, lo que tendría que ser una alegría, si el décimo ha resultado premiado, puede convertirse en pesadilla muy pronto si las dos partes del matrimonio no se ponen de acuerdo sobre cómo se debe repartir el dinero.
La clave está en el régimen en el que se hayan casado los cónyuges
Todos los que no sepan cómo debe repartirse el premio entre una pareja de que ya esté casada dependerá del régimen matrimonial se hayan casado. Esto se fija en el momento de la boda, aunque se puede cambiar más tarde acudiendo a un notario para que de fe de que se ha producido un cambio en el régimen previamente establecido y queda registrado uno nuevo.
En caso de que el décimo resulte premiado ésta cantidad de dinero se repartirá de la siguiente manera:
- Si te toca la lotería en régimen de separación de bienes: En este caso no hay lugar para la duda. Si el décimo de lotería fue comprado por uno de los cónyuges, el dinero le pertenecerá exclusivamente al comprador. Sin embargo, si fue comprado a medias por ambos, el premio debe repartirse según lo que aportó cada uno al comprarlo.
- Si te toca la lotería en régimen de gananciales: En este caso se aplica el artículo 1351 del Código Civil que señala que las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges en el juego pertenecerán a la sociedad de gananciales. Por tanto el premio recibido debe ser para los dos.
¿Hay algún tipo de cambio en el reparto de bienes si se ha comprado el décimo con el dinero privativo dentro de un matrimonio en gananciales? Lo cierto es que no, pese a haber hecho la compra con el dinero individual de una de las partes de la pareja se considera que el dinero ganado también forma parte del matrimonio. Sin embargo, en el momento de liquidar la sociedad de gananciales el cónyuge que compró el boleto con su propio dinero podrá reclamar la devolución de esa pequeña cantidad.
- ¿Qué hacer si te toca la lotería durante el divorcio?: Si ya se ha producido una separación de hecho, el premio cae en manos de quien compró la lotería. Es requisito indispensable que la separación sea seria, prolongada y demostrada, y no una simple interrupción puntual.
La conclusión que se saca después de exponer estas tres opciones es que no se consideraría una donación si la pareja está casada en régimen de gananciales, aunque si está en régimen de separación de bienes deberían de quedar registrado que el matrimonio piensa compartir el décimo a pesar de que uno de los dos haya sido el que ha comprado el boleto, para así no tener que pagar ningún impuesto de donación a la hora de querer compartir esas ganancias.
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