Condenado por abusar de su sobrina entre los 7 y 13 años
Abusos sexuales
La niña siguió viendo a su tío creyendo que así evitaría los abusos a su hermana
Los abusos fueron denunciados por los compañeros de instituto de la víctima
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Sevilla que impuso 11 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina -hija de una hermana de su mujer- desde que la niña tenía 7 años y hasta los 12 o 13. La menor no contó lo sucedido por temor a que su denuncia rompiese a la familia y fueron sus compañeros de instituto quienes primero acudieron a la Policía.
El acusado Agustín L.C., entonces de 33 años, abusó sexualmente de su sobrina desde el año 2008, aprovechando que la menor visitaba con frecuencia a sus tíos en Alcalá de Guadaíra y se quedaba a dormir con ellos durante los fines de semana o las vacaciones.
Con la excusa de que le iba a dar unos “masajes especiales”, el acusado empezó haciendo tocamientos lascivos a la niña en el interior de las piernas y sus genitales, le introducía el dedo en la vagina, le pedía que le masajeara el pene y conseguía que la menor le masturbara, llegando a eyacular en su presencia. También se desnudaba mientras la niña se duchaba.
Los abusos continuaron hasta que la víctima tenía 12 o 13 años pero no fueron denunciados hasta se lo contó a sus compañeros de instituto, que “fueron quienes tomaron la iniciativa de denunciar los hechos ante la gravedad de los abusos que se evidenciaban”.
El Supremo, en una sentencia a la que tuvo acceso este periódico, confirma en todos sus extremos la condena de once años de cárcel y el pago de 12.000 euros de indemnización y afirma que el relato de la menor “es internamente coherente, mantenido y verosímil” y la niña persistió en “los aspectos sustanciales de la versión sostenida desde el primer momento”.
La niña “se sacrificó” y siguió viendo a su tío para evitar que abusara de su hermana menor
El abogado Manuel Manzaneque, que ejerció la acusación particular, declara a este periódico que tanto la niña como sus padres “sufren una revictimización atroz porque después de años de abusos de una niña pequeña por parte de un familiar en quien confiaban han tardado muchos años en obtener una sentencia condenatoria, ahora confirmada por el Supremo”.
Particularmente llamativo le parece que una niña que “sufrió abusos terroríficos durante toda su niñez y parte de su adolescencia no denunció ni se lo comentó a sus padres porque pensaba que eso iba a causar un daño a toda la familia, que hasta entonces estaba muy unida”.
“Prefirió seguir yendo a casa de su tio, sacrificándose, para que su hermana pequeña no sufriera la misma situación de abusos que ella”, relata Manzaneque.
Denuncia el abogado que “el duelo de esta familia no tiene fin porque a pesar de que la sentencia es firme, el condenado está tratando de dilatar su cumplimiento efectivo recurriendo en amparo a sabiendas de que la jurisprudencia establece que no se pueden suspender las penas superiores a 5 años”.
Ello pese a que el Tribunal Supremo es claro al afirmar que “no se aprecia vulneración alguna del derecho a la presunción de inocencia” del acusado porque la Audiencia de Sevilla no se creyese la declaración de su esposa en el sentido de que su marido nunca se quedaba a solas con la niña.
Por el contrario, la Audiencia “valoró expresamente” tal declaración y la rechazó porque en el juicio se demostró que la esposa salía a hacer la compra, pasear al perro o tender la ropa y su marido y la niña en ocasiones se quedaban a solas en otra habitación para jugar a la videoconsola.
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