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Fibromialgia
Un juez de lo Social de Sevilla ha reconocido la pensión por Incapacidad Permanente Absoluta a una administrativa de 60 años que desempeñaba tareas de atención al público, debido a la fibromialgia y otras patologías que sufre y que la incapacitan para el desarrollo de cualquier actividad laboral. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, ha anulado las resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que hasta en dos ocasiones denegó a la trabajadora dicha incapacidad.
El juez subraya en la sentencia que la prueba practicada en el juicio permite acreditar que la trabajadora sufre "omalgia y pérdida de fuerza", así como fibromialga y otras patologías que permiten sostener que la misma tiene "abolida totalmente su capacidad laboral para desempeñar toda profesión u oficio, dada la pluripatología que presenta".
Con este cuadro patológico, prosigue el fallo, "no es posible desempeñar cualquier profesión u oficio por muy sedentario y liviano que sea, al resultar imposible por razón del cuadro vertiginoso, el cansancio severo y el dolor generalizado que presenta" la trabajadora, razón por la que el juez estima la demanda y declara la situación de Incapacidad Permanente Absoluta con derecho a percibir la pensión en la cuantía y efectos reglamentarios.
La administrativa, que ha estado representada por el abogado laboralista Carlos Jiménez Bidón,
del bufete Jiménez Bidón Abogados, tiene un complejo historial médico con fibromialgia, omalgia con pérdida de fuerza en el hombro izquierdo, síndrome de Meniere en el oído izquierdo, síndrome de piernas inquietas o apneas/hipoapneas. Todo ello provoca en la paciente cefaleas de tipo tensional, polialgias en piernas, cansancio severo, insomnio, piernas inquietas, artromialgias en columna cervical y lumbar, hormigueo en manos y pies, mareos y un severo cuadro vertiginoso.
Ante esta situación, en junio de 2019, la trabajadora solicitó a la Seguridad Social el reconocimiento de su incapacidad laboral, pero el INSS se lo denegó en julio de ese mismo año al considerar que "las lesiones que padece la actora no alcanzan grado suficiente de disminución de su capacidad laboral". En cambio, en febrero de 2021 y tras cursar otra baja médica por no poder desarrollar sus tareas, el INSS emitió un dictamen en el que se le reconoció una incapacidad laboral para su profesión habitual, dejando constancia que la paciente "sólo está limitada para realizar trabajos de moderados esfuerzos físicos/psíquicos".
La sentencia dictada ahora por el juzgado de lo Social reconoce la Incapacidad Laboral Absoluta de la adminsitrativa sevillana, con la consecuente pensión vitalicia de casi 2.400 euros mensuales, una pensión que tiene efectos retroactivos desde el 18 de junio de 2019.
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