La madre del Cuco no ingresará en prisión

Condena por quebrantamiento a la madre del Cuco

El juez acuerda la suspensión de la pena tras haber abonado 1.000 euros de la multa de 2.520 euros que se le impuso por un delito de quebrantamiento

La Fiscalía se había opuesto al encarcelamiento de Rosalía García Marín

La madre del Cuco declarando.
La madre del Cuco declarando. / Belén Vargas

La madre del Cuco, Rosalía García Marín, no ingresará en prisión. El juez de lo Penal número 10 de Sevilla ha decidido suspender la pena privativa de libertad, después de que la madre del Cuco haya abonado 1.000 euros de la multa de 2.520 euros que le impuso tras haber sido condenada por un delito de quebrantamiento, por haber vulnerado la orden de alejamiento que impedía que su hijo, Francisco Javier García Marín, se acercara a menos de 50 kilómetros de la familia de Marta del Castillo.

La decisión del juez, que ha citado a Rosalía García en los próximos días para notificarle el auto de suspensión, viene avalada por la propia Fiscalía de Sevilla, que en noviembre de 2018 remitió un escrito al juzgado de lo Penal número 10, que tramita la ejecución de la condena a la madre del Cuco, en el que ponía de manifiesto que "no se opone" a la concesión del beneficio de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por cuanto "se verifican los requisitos legalmente previstos en los artículos 80.1 y 2 del Código Penal", puesto que se trata de un delincuente primario y la pena impuesta es inferior a los dos años de prisión.

Por su parte, el abogado Rafael Ramírez García del Junco, que representan a la madre del Cuco, también presentó un escrito al juez, al que tuvo acceso este periódico, en el que reclamaba que se suspenda la pena privativa de 127 días de privación de libertad -la responsabilidad penal subsidiaria correspondiente al resto del pago de la multa de 2.520 euros- y recordaba que el Ministerio Público, la única acusación en este procedimiento, reconoce que la condenada cumple "todos y cada uno de los requisitos establecidos para ello, tanto por la anterior regulación como la actual reformada desde julio de 2015".

La defensa de Rosalía García Marín precisaba que "sin entrar en su inocencia o no, ya que ha sido condenada, lo cierto es que tal y como establece la actual regulación hay que valorar la peligrosidad del condenado, los antecedentes existentes, sí como las circunstancias personales concretas". En este sentido, Rafael Ramírez destacó que la madre del Cuco "ha tenido y tiene desde siempre, como consta en las presentes actuaciones, domicilio fijo y conocido donde ha venido residiendo", carece "totalmente de antecedentes penales y policiales, habiendo sido ésta la primera y única vez que ha tenido un tropiezo con la Justicia".

De la misma forma, alegó que Rosalía García Marín "es una madre que se ha visto salpicada por un triste suceso en el que nada tiene que ver: la muerte de Marta del Castillo".

La defensa añadió que en el presente caso el ingreso en prisión "en este preciso momento y para cumplir una pena tan corta, sería contraproducente, resultando por tanto más perjudicial que beneficiosa". Por todo ello, "no tendría sentido el cumplimiento de la pena en un centro penitenciario, que lo único que podría conseguir sería rodearla de todo un ambiente que frustraría los fines de prevención y reinserción social".

Una madre "sin rasgos delincuenciales ni marginales"

Así, recordó el letrado que se trata de una madre que "ha perdido a su ex marido", que falleció recientemente, y además es una persona "sin rasgos delincuenciales ni marginales de ningún tipo".

Con anterioridad, la defensa ya había pedido al juez que se le diera “la oportunidad” a Rosalía García de suspender la condena y sustituirla por trabajo en beneficio de la comunidad. En otro escrito remitido al juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla, los letrados destacaban que la madre del Cuco había ingresado en la cuenta del juzgado 1.000 euros de la pena impuesta, por lo que consideran que conforme a la nueva redacción del artículo 80 del Código Penal, Rosalía García reúne “todos y cada uno de los requisitos” para que se acordara la suspensión de la condena, dado que al no satisfacer la multa que se le impuso en un principio el juez decidió imponerle como responsabilidad personal subsidiaria la pena de 210 días de privación de libertad.

El letrado dijo entonces que los hechos se remontan a hace ya nueve años, que la pena impuesta no llega a los seis meses, y que la madre tiene domicilio fijo y conocido. La defensa insistía en que no había tenido relación con el asesinato de Marta y recordó "la agresión en la puerta de los juzgados por el personal que allí se agolpaba para increparla el día del juicio”.

Rafael Ramírez también criticó en ese escrito la labor de algunos periodistas que “con una total falta de rigor, bien por desconocimiento de los procedimientos penales, o lo que es peor, por alimentar el morbo del triste suceso, publicaron en vía twitter el ingreso en prisión de mi representada”, concluyó.

stats