Confirman la sentencia por un robo de marihuana y la muerte del asaltante

Audiencia de Sevilla

Sala donde se celebran los  juicios con jurado.
Sala donde tuvo lugar el juicio con jurado / Belén Vargas
Amanda Glez. De Aledo

30 de julio 2020 - 05:00

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado en todos sus extremos la sentencia absolutoria de un hombre que mató a un joven cuando pretendía robar una plantación de marihuana. El TSJA solo ha tenido que pronunciarse sobre la condena de tres años y 22 días de prisión impuestos a uno de los tres ladrones por un delito de robo con violencia y empleo de arma de fuego, ya que ninguna parte recurrió la absolución del autor del disparo mortal, a quien el jurado popular aplicó la eximente completa de legítima defensa.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 2 de octubre de 2016 en una parcela de la zona de Utrera conocida como La Minilla, cuando Antonio F.L., Francisco Javier S.C. y José Miguel S.G. se dirigieron a la parcela de Antonio M.G. porque sabían que allí había una plantación de marihuana y decidieron apoderarse de ella.

Los ladrones tuvieron que saltar las vallas de varias fincas colindantes hasta que fueron sorprendidos en el muro de la plantación de marihuana porque los ocupantes de la parcela escucharon ruidos. El acusado de homicidio, José Luis F.G., que estaba pasando el fin de semana en la finca de su amigo, escuchó un disparo, vio al dueño de la parcela tirado en el suelo y como una persona encaramada en el muro le apuntaba con una escopeta, por lo que temiendo por la vida de su amigo cogió una carabina y disparó. Los impactos alcanzaron a José Miguel, de 25 años, en la cabeza, tórax y manos.

El veredicto de un jurado en la Audiencia de Sevilla absolvió a José Luis de un delito de homicidio por entender que actuó en legítima defensa. Los dos ladrones fueron condenados a tres años y 22 días de prisión y el dueño de la parcela a un año y seis meses de prisión por tenencia ilícita de armas.

De los condenados, solo Francisco Javier S.C. recurrió al TSJA, que ahora confirma en todos sus extremos la condena por un delito de robo porque “el recurrente no estaba allí por causalidad” sino que se había concertado por los otros dos asaltantes para robar la droga y para ello portaban un arma con la que pretendían intimidar a los ocupantes de la parcela.

Intentaba apoderarse de las plantas de marihuana “accediendo ilegalmente al lugar, salvando una tapia y empleando un arma de fuego para intimidad”, por lo que el TSJA considera que “no puede considerarse que la violencia o intimidación fuese de escasa entidad”. Sobre el objetivo de los asaltantes, la conclusión del jurado “es más verosímil” que la de la defensa, que argumentó que Francisco Javier “estaba allí sin hacer nada, sin intención ninguna, simplemente porque sintió un fuerte olor a marihuana”.

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