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Dos Hermanas
La Audiencia de Sevilla ha impuesto cinco años y cinco meses de cárcel a un joven de 28 años que amenazó a su pareja, embarazada de ocho meses, con un cuchillo de 24 centímetros, al tiempo que le decía: “hoy te hago una cesárea”. Los jueces consideran que se trató de un delito de coacciones graves porque esas palabras, proferidas “en un estado de fuerte agresividad”, estuvieron acompañadas por los golpes al mueble vestidor del futuro bebé y los daños al móvil de la víctima cuando lo tiró al suelo.
La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso este periódico, relata que el acusado Sergio M.G. tenía una orden de alejamiento pero en agosto de 2018 reanudó la convivencia con la víctima, con la aquiescencia de ella, en una vivienda de Dos Hermanas.
Sobre las 22.28 horas del 21 de septiembre de 2018, Sergio llegó al domicilio en actitud violenta y alterada. La mujer, al principio, no le dejó entrar pero finalmente le permitió el acceso, momento en el que el acusado le propinó un puñetazo en el brazo izquierdo y dos tortazos en la cara, le arrojo un zapato y le escupió.
Ello provocó que la mujer abandonara precipitadamente el domicilio, pero minutos después decidió volver a recoger algunas cosas que se había dejado. Momentos después, funcionarios de la Policía Nacional llamaron a la puerta preguntando si ocurría algo. El acusado les dijo que se fueran e instó a su pareja a que se callara.
A continuación la joven recibió en su teléfono móvil una llamada de la Policía. El acusado le impidió contestarla, le arrebató el teléfono y lo arrojó al suelo, lo que provocó la fractura de la pantalla.
Explica la sentencia que el acusado, cada vez más alterado, pensando que su compañera había llamado a la Policía, fue a la cocina, cogió un cuchillo de unos 24 centímetros, se dirigió a ella y, moviéndolo en horizontal de un lado a otro, le decía: “te voy a matar, hoy te hago una cesárea, a todo el que se acerque a mí hoy lo voy a rajar, aunque sea la Policía“.
La sentencia destaca que la víctima hizo un relato “serio, creíble y verosímil” y su versión se vio corroborada por la grabación del episodio que ella hizo con su móvil. Allí “se puede oir la voz del acusado, en estado de fuerte agresividad, así como ruidos que parecen corresponder con los golpes y bofetadas que la denunciante dijo recibir del inculpado” y los lamentos de la agredida.
Los magistrados dan validez a esta grabación, de la que la víctima informó a la Policía desde el primer momento, y rechazan el argumento del acusado de que en realidad correspondía a un episodio anterior. Los jueces recuerdan que en dicho incidente anterior eran otras las amenazas por las que fue condenado, pues dijo a su pareja: “Te reventaría, te degollaría a tí y a tu familia”.
Sergio M.G. es condenado a tres años de cárcel por coacciones graves, un año por lesiones -con la agravante de estar la agredida en avanzado estado de gestación-, once meses por amenazas leves y otros seis meses por quebrantamiento de la medida de alejamiento.
La condena por quebrantamiento se rebaja porque “el consentimiento de la persona a cuyo favor se dicta la medida de alejamiento, libremente emitido, se traduce en una menor culpabilidad del autor del delito”. “No puede ser igual la penalidad de quien quebranta una medida de alejamiento contra la voluntad de la persona directamente protegida”, dicen los jueces, porque en tal caso se unen el desprecio a la resolución judicial y el sacrificio del derecho de la víctima a su “seguridad, tranquilidad e indemnidad”.
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