El Tribunal Supremo revisará el 8 de febrero la condena del Pollino

triple crimen de dos hermanas

El TSJA condenó a una pena de prisión permanente revisable a Ricardo García, el Pollino, y a su padre, el Cabo, pero absolvió a su mujer, Elisa Fernández, y la Fiscalía pide ahora una segunda cadena perpetua para ambos

"El Pollino" sale del Juzgado de Guardia tras su detención
"El Pollino" sale del Juzgado de Guardia tras su detención

El recorrido judicial del triple asesinato de Dos Hermanas se acerca al final. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 8 de febrero la "deliberación y decisión" de los recursos de casación presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por el triple asesinato de Sandra Capitán, su hija Lucía Begines, y el ciudadano turco Yilmaz Giraz en Dos Hermanas el 16 de septiembre de 2017.

En una providencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el Alto Tribunal fija para el 8 de febrero la revisión del caso, para el que ha sido designado ponente el magistrado Andrés Palomo del Arco. La sentencia del TSJA condenó a una pena de prisión permanente revisable a Ricardo García, el Pollino, y a su padre, Ricardo García Gutiérrez, el Cabo, pero absolvió a su mujer, Elisa Fernández Heredia.

La Fiscalía solicita al Supremo una segunda condena de prisión permanente para el Pollino y su padre, pero no recurre la absolución de Elisa. El recurso del Ministerio Público está construido sobre un debate gramatical para entender si la prisión permanente se debe aplicar en crímenes simultáneos o sólo en los que ya tengan condena firme, y así señala que el Código Penal “utiliza la expresión ‘hubieran sido condenados’, es decir, el pretérito pluscuamperfecto de subjuntivo”.

Pero la Fiscalía añade que “el empleo de tiempos verbales no parece un criterio seguro para averiguar la voluntad del legislador, por la falta de un criterio gramatical reconocible: en el artículo 140.1.1 se emplea el presente de subjuntivo, ‘sea’, en el punto 2 se emplea el pretérito imperfecto de subjuntivo, ‘fuera’, y en el punto 3 el pretérito pluscuamperfecto de subjuntivo, ‘hubiera cometido’, cuando en los tres casos habría debido utilizarse el mismo tiempo verbal”.

El TSJA absolvió a Elisa Fernández Heredia al entender que no había pruebas suficientes de su participación en los hechos, por cuanto el jurado popular la halló culpable de los tres delitos de asesinato basándose en la declaración de los secuestradores, uno de los cuales dijo que le pareció ver a Elisa junto a Sandra antes de entrar en la casa de Dos Hermanas donde se cometieron los crímenes, mientras que la sentencia de la Audiencia recogía que había aparecido su ADN en una blusa o camiseta de la menor en la fosa.

Los magistrados del Alto Tribunal andaluz precisaron en su sentencia que no se ha encontrado "ningún otro elemento potencialmente corroborador" que la implique en los asesinatos ni en la detención ilegal de las víctimas. "Ningún testigo ni coacusado incluyó a Elisa en la preparación de los hechos, ni en el encargo a terceros para secuestrar o inmovilizar a las víctimas, ni en las gestiones para la compra del hormigón necesario para tapar el foso, ni en la ejecución de una conducta que integrase el tipo. Tampoco consta ningún dato de ubicación o posicionamiento de teléfono móvil de Elisa. En definitiva, únicamente las manifestaciones de los coacusados la sitúan allí en el momento de la llegada de las víctimas".

El Pollino pide la repetición del juicio

El Tribunal Supremo tendrá que pronunciarse sobre el endurecimiento de las condenas de los acusados y también sobre la repetición del juicio. Así, el principal acusado, el Pollino, pide la repetición del juicio y las acusaciones solicitan que el Pollino y su padre sean condenados a una segunda prisión permanente, además de que se revoque la absolución de la esposa del Pollino.

El eje del debate va a ser la prisión permanente revisable y cuando se debe aplicar “por la muerte de dos o más personas”, algo sobre lo que el Tribunal Supremo se ha pronunciado en algunas ocasiones (como en el crimen de Pioz, que fue condenado a tres cadenas perpetuas) pero aún quedan muchos extremos que matizar.

Por el triple crimen de Dos Hermanas, cometido en septiembre de 2017, la Audiencia de Sevilla condenó a Ricardo G.H., alias Pollino; a su padre Ricardo G.G. y a la esposa del Pollino, Elisa F.H., a 76 años de cárcel por los tres asesinatos pero no les impuso prisión permanente. A los secuestradores de Giraz, David Ramón H.P. y José Antonio M.B., les impuso tres y cuatro años de cárcel.

Sala de vistas donde se celebró el juicio con jurado contra el clan del "Pollino"
Sala de vistas donde se celebró el juicio con jurado contra el clan del "Pollino"

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) modificó la condena e impuso a Ricardo padre e hijo una sola condena de prisión permanente por el asesinato de Lucía, la niña de 6 años. Además absolvió a Elisa porque su primera condena se basó solo en la declaración de los dos secuestradores que eran coimputados.

El abogado del Pollino, Jesús Rojo Alonso de Caso, reclama en primer lugar la nulidad del juicio y su repetición ante otro tribunal. Destaca en su recurso que “la única prueba” para incriminar a su cliente fue la declaración de los dos secuestradores, que “incurrieron en constantes contradicciones”.

El secuestrador sólo buscaba la recompensa de 4 millones

La sentencia de Sevilla y del TSJA, según el abogado, “están repletas de contradicciones, son arbitrarias, ilógicas, y su resultado final es como un puzzle al que le faltan piezas fundamentales”.

En especial protesta porque no le dejaron hacer preguntas sobre un hombre conocido como El Paralítico, cabecilla de unos narcotraficantes turcos, que había ofrecido una recompensa de 4 millones de euros a quien diera información sobre el paradero de Gilmaz, miembro de su organización. En realidad la confesión del secuestrador David Ramón H.P. “no pretendía llegar a la Policía sino solamente estaba dirigida a obtener esa recompensa”, sostiene Jesús Rojo.

El abogado del segundo condenado también solicita al Supremo la absolución porque sólo fue acusado por los dos secuestradores. Alternativamente, defiende que la prisión permanente solo se debe aplicar a quien haya sido condenado por asesinatos anteriores pero no simultáneos.

Las víctimas quieren que sea condenada la esposa del Pollino

Miriam Requena, abogada de la hija de Giraz, y Marcos García Montes, que representa a la madre y hermanas de Sandra Capitán, se unen a la petición de que se repita el juicio pero también insisten en que debe ser condenada la esposa del Pollino. Se basan en que los secuestradores la situaron en el lugar y hora del crimen y los empleados que suministraron el cemento para enterrar a las víctimas la identificaron.

Requena pide además que se incluya en la condena por asesinato a los dos secuestradores y a la madre del Pollino. Respecto a los dos primeros, afirma que “aunque no ha podido quedar demostrada la presencia de ambos en el momento en que se producen las muertes, conocían el peligro que generaba su acción” después de haber “inmovilizado y golpeado brutalmente“ a Giraz.

Ambos, además “debieron asumir el riesgo que suponía la entrada de Sandra y Lucía en el inmueble” donde fueron asesinadas, pues fueron trasladadas de forma violenta y ellos mismos reconocieron su miedo a lo que pudiera ocurrirles.

La letrada de Joaquín Begines, padre de la pequeña asesinada, se centra en combatir la absolución de Elisa como coautora de los tres delitos de asesinato. Argumenta que su intervención “quedó sobradamente probada a lo largo de todo el procedimiento”, tanto respecto al secuestro de Giraz como cuando acompañó a su esposo e hijo para llevarse a la fuerza a Sandra y la pequeña Lucía.

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