La Justicia fuerza al Ayuntamiento de Carmona a ejecutar las obras de la urbanización La Celada
Los trabajos consisten básicamente en el cierre de dicha urbanización, tratamiento de cunetas y contención de tierras y la ejecución del vial de acceso a la urbanización paralelo a la carretera
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Sevilla ha acordado la ejecución forzosa de la sentencia firme que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó hace ahora nueve años, en relación con las obras a realizar por parte del Ayuntamiento en la Urbanización La Celada, consistentes en el cierre de dicha urbanización, tratamiento de cunetas y contención de tierras frente a fincas colindantes, cierre de caminos y cancelación de servidumbres de las vías pecuarias que atraviesan la urbanización, así como ejecución del vial de acceso a la urbanización paralelo a la carretera que conecta Carmona con Mairena del Alcor. De ahí que la comunidad de propietarios venga reclamando que la sentencia se haga efectiva desde entonces.
El litigio llega, tras apelaciones y anulación de acuerdos sobre planes del gobierno local en La Celada, a la actual resolución judicial –emitida el pasado 22 de abril- en la que la juez ordena al Ayuntamiento de Carmona, como Administración demandada, la ejecución de las actuaciones establecidas en la sentencia. Para ello, el auto establece un plazo máximo de seis meses y requiere al “Ayuntamiento de Carmona y a su Alcalde como persona responsable del cumplimiento de la ejecución de las sentencias para que proceda de manera inmediata a la ejecución de las seis actuaciones expuestas en la misma”, según ha informado el grupo municipal del PSOE en un comunicado.
El incumplimiento de la sentencia, según la resolución judicial, conlleva para el "alcalde, Juan Manuel Ávila Gutiérrez- una multa coercitiva ya anunciada en su día por un importe de 601.01 euros, a reiterar cada 30 días a contar desde la notificación, hasta el cumplimiento de la sentencia”.
Asimismo, el texto judicial señala que “se advierta y aperciba nuevamente al Alcalde que con su actuación podría incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial”, además de remitir testimonio de actuaciones a la Fiscalía. En la misma línea de advertencia y apercibimientos, para Alcalde y Ayuntamiento, en el supuesto caso de incumplimiento de la sentencia en el plazo máximo establecido, se podría proceder a la ejecución subsidiaria a costa de la Corporación Municipal.
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