El SAS pagará 420.000 euros por la muerte de un paciente al no detectar un infarto

Negligencia médica

La víctima, de 52 años, falleció a pesar de presentar factores de riesgo y síntomas relacionados con la dolencia cardíaca

El Hospital de la Axarquía.
El Hospital de la Axarquía.

La Audiencia de Madrid ha condenado a la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con más de 420.000 euros a la familia de un hombre de 52 años que falleció el 28 de junio de 2011 en el hospital comarcal de La Axarquía de Vélez-Málaga a causa de un infarto que no le había sido detectado, a pesar de presentar factores de riesgo y síntomas relacionados.

El paciente, de 52 años, acudió el día antes de su fallecimiento al centro de salud de Vélez-Málaga por presentar síntomas compatibles con una cardiopatía isquémica, una obstrucción de las arterias que impide a la sangre llegar al corazón. Sufría dolor torácico que irradiaba al hombro y brazo izquierdo, además de cortejo vegetativo, una sensación de nauseas acompañadas de sudoración fría. Además, según explica el abogado Rafael Martín Bueno, que ha representado a la familia, hay que tener en cuenta que la víctima presentaba factores de riesgo tales como el tabaquismo.

En el centro de salud fue diagnosticado de dolor torácico y sospecha de SAOS (Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño), según refleja la sentencia. Sin embargo, no se le hicieron pruebas diagnósticas básicas como un electrocardiograma, una radiografía de tórax o una analítica enzimática. A pesar de ello, se le dio el alta y se le citó para el 4 de julio. La única medida que se tomó fue recetarle nitroglicerina sublingual por si le volvía a ocurrir.

Cinco horas más tarde, en su propio domicilio, sufrió un nuevo episodio de dolor precordial. Solicitaron asistencia, en la cual ya se realizó un electrocardiograma donde se pudieron apreciar alteraciones isquémicas. Se decidió su traslado inmediato al hospital de la Axarquía. Fue en el trayecto cuando la víctima perdió la conciencia a consecuencia de una fibrilación ventricular, sin que fuera desfibrilado en ese momento. Este tratamiento se le aplicó una vez ingresó en el hospital. A pesar de ello, se informó que fue imposible salvar al paciente debido "al deteriorado estado en el que llegó".

El juez consideró que se había producido una negligencia médica, ya que no se realizó un electrocardiograma pese a mostrar varios indicios que pudieran señalar un fallo cardiaco. A pesar de que hace referencia a que no se sabe a ciencia cierta si de haberse realizado habría podido detectarse precozmente el infarto, sí que el paciente presentaba no sólo factores de riesgo sino síntomas relacionados.

Por ello, la Audiencia de Madrid condena a la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud (SAS), Zúrich, a pagar 180.957, 29 euros en concepto de indemnización a la familia, su mujer y sus cuatro hijos. Además, hay que sumarle 236.191,49 euros en concepto de intereses desde el año 2012, así como las costas del recurso de apelación que presentó Zúrich.

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