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El Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla ha dictado una sentencia que cual estima la demanda del colectivo de enfermos de la prisión Sevilla-I y declara el derecho de los trabajadores a recibir una protección eficaz en materia de seguridad y salud laboral y a que se tomen las medidas necesarias para ellos. Igualmente reconoce una indemnización por daños morales en cuantía de 7.500 euros, la máxima legal, para cada uno de los enfermeros demandantes.
La problemática que originó dicha demanda venía desde que, ante la estimación de la denuncia de dicho colectivo por la falta de protección de los datos personales y de sanitarios de los internos ante la Agencia Estatal de Protección de Datos, éstos se vieron "sometidos a todo tipo de arbitrariedades y acoso como represalia". El conflicto alcanzó su momento álgido en el verano de 2018 en el que, causado por las bajas médicas de la práctica totalidad de los enfermeros, quedó un único enfermero en el centro que tenía en dicho momento más de 1200 internos.
Desde el despacho Gómez Cunningham Abogados, al que encomendaron su defensa los miembros de dicho colectivo, se muestran satisfechos por la resolución, si bien frente a la misma cabe aún recurso de suplicación, y esperan que ésta ponga definitivamente fin a una situación que arranca del año 2016 y que, hasta ahora, por la suspensión del anterior señalamiento por parte de la Abogacía del Estado y la sobrecarga de los juzgados de lo Social, no ha podido ser resuelta judicialmente y ha supuesto un auténtico “calvario” para dichos enfermeros, algunos de los cuales continúan con secuelas de dicho acoso.
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