Condenado un hombre por "tocarle dos veces" los genitales a otro en una discoteca de Sevilla

Delito de abusos sexuales

Un grupo de jóvenes bailan en una discoteca, en una imagen de archivo.
Un grupo de jóvenes bailan en una discoteca, en una imagen de archivo. / M. G.

Le tocó dos veces los genitales y además le rompió un vaso de cristal en la cara. La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres años de cárcel al acusado, quien no obstante no irá a prisión porque previamente había depositado una cantidad para indemnizar a la víctima y el tribunal ha decidido finalmente suspender la pena de prisión, tras el acuerdo al que llegaron tanto la defensa del acusado como la fiscalía y el abogado del agredido.

La sentencia dictada ahora por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico, recoge como hechos probados que sobre las cuatro de la madrugada del 30 de enero de 2022, el acusado, que carecía de antecedentes penales, se acercó a otro hombre en una conocida discoteca de la calle Reyes Católicos de la capital. El procesado "no conocía de nada" al otro hombre, que estaba acompañado de unos amigos y al que, "sin mediar palabra, le tocó sus genitales por encima de la ropa".

El agredido reaccionó recriminando esta acción al acusado, quien, continúa la sentencia, regresó al poco tiempo y "volvió a tocarle los genitales, siendo apartado por éste y recriminado por su acción, momento en que el acusado reaccionó golpeándolo con un vaso en la cara". Esta agresión le provocó una contusión facial, una herida de un centímetro y otra 0,8 centímetros en la zona del oído externo de las que tardó en curar siete días.

Con anterioridad al juicio, el acusado había consignado en el juzgado 600 euros para indemnizar a la víctima. La sentencia concluye que los hechos son constitutivos de un delito de abusos sexuales y de otro de lesiones, delitos acreditados por el expreso reconocimiento del acusado en el juicio, donde mostró su conformidad con el acuerdo alcanzado entre las partes.

El tribunal, que aprecia la circunstancia atenuante de reparación del daño, condena al acusado a un año de prisión por el delito de abusos sexuales, y a dos años de cárcel por el delito de lesiones, así como a indemnizar con 2.176,46 euros a la víctima. La defensa solicitó la suspensión de la condena por un periodo de tres años, medida a la que informó favorablemente la Fiscalía, y el tribunal la ha acordado, con lo que el acusado no tendrá que entrar en prisión.

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