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Delito de abandono del destino
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de diez meses de prisión a un soldado sevillano del Ejército del Aire por un delito de "abandono de destino", por no incorporarse a su nuevo destino tras una baja por motivos de salud.
La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso este periódico, desestima el recurso de casación presentado por la defensa del militar y confirma la sentencia dictada en octubre de 2022 por el Tribunal Militar Territorial Cuarto, que condenó a esta pena de cárcel al acusado, que es miembro de las Fuerzas Armadas desde hace 24 años, en concreto, desde 1999.
Al militar se le había abierto un expediente de "insuficiencia de condiciones psicofísicas" por una patología en una muñeca que finalizó con su declaración de "utilidad para el servicio con limitación para ocupar determinados destinos, ajena a acto de servicio, quedando en situación de servicio activo pendiente de asignación de destino en la plaza de Madrid, adscrito exclusivamente a efectos de tratmitaicón administrativa al Centro de Guerra Aérea (CEGA)", de acuerdo con una resolución de abril de 2020.
A continuación, fue destinado "con carácter forzoso" a la Academia Básica del Aire (ABA) por otra resolución de febrero de 2021 y es a partir de este momento cuando se producen los hechos que han desembocado en la condena a la pena de prisión. Un suboficial mayor intentó entonces contactar telefónicamente con el soldado sevillano para comunicarle su nuevo destino, pero resultó "infructuoso", así que le remitió dos burofaxes a su domicilio en febrero y marzo de 2021 en los que se le comunicaba su nuevo destino en la ABA y "se le ordenaba poner en contacto con el suboficial mayor" pero estas comunicaciones no fueron recepcionadas por el destinatario.
El 26 de febrero de 2021 el suboficial mayor recibió en su móvil oficial una llamada del móvil del soldado, si bien en el momento en que se identificó por su empleo y comenzó a comunicarle su nuevo destino en la ABA, "la llamada se cortó". Después, el 14 de abril, el suboficial mayor recibió otra llamada de quien afirmaba ser el soldado y que le dijo que "no se había puesto en contacto por tener una patología, siendo así que en esta conversación, el suboficial mayor le comunicó que había pasado destinado a la ABA".
A continuación, un cabyo mayor contó los días fijados en la normativa de destinos para realizar la incorporación y, a falta de dos días para que expirara dicho plazo, se puso en contaco con el CEGA para comprobar si le habían podido notificar el cese y el nuevo destino en la ABA. Desde el CEGA llamaron al teléfono del soldado y respondió alguien que se identificó como el hermano del soldado y dijo que "no se hacía cargo de la situación y cortó la llamada".
Tras dos o tres intentos más de contactar telefónicamente con el soldado, que no dieron resultado, el 16 de marzo de 2021, el cabo mayor le dejó un mensaje en el buzón de voz informándole de que estaba destinado en la ABA desde el 11 de febrero de 2021 y le instaba a ponerse en conctaco con la unidad "lo antes posible".
El 14 de abril, el soldado se puso en contacto con el suboficial mayor de la ABA, quien le informó de que tenía que presentar la documentación médica que "pudiese justificar su imposibilidad de presentarse en el destino, ya que el soldado afirmaba estar de baja médica por una lesión en un brazo y tratamiento psicológico".
La documentación que remitió eran unos partes de incapacidad del ISFAS y un informe de Traumatología de un hospital sevillano en el que se relatan las "vicisitudes sufridas por el soldado a consecuencia de una patología en la muñeca derecha". Y con posterioridad a la remisión de esta documentación, "no volvió a enviar ninguna otra documentación ni a ponerse en contacto con sus superiores". El 10 de agosto de 2021 compareció en el juzgado Togado Militar de Sevilla, donde se acogió a su derecho constitucional a no declarar, y fue requerido para que se presentase "inmediatamente en su unidad en el plazo de cinco días a los efetos de regularizar su situación, requerimiento que no fue atendido por el soldado", recoge el fallo, que señala que el juez militar de Valladolid lo requirió en noviembre para que se presentara en la unidad o regularizara su situación, requerimiento que "tampoco fue atendido".
El soldado condenado "no llegó a presentarse en la ABA, ni regularizó su situación administrativa en esta unidad, no habiéndole sido concedida la baja médica para el servicio en dicha unidad".
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