Condenado a 33 años el asesino del joyero Francisco Cintado
crimen del joyero
La Audiencia impone al otro acusado 20 años de cárcel por delitos de lesiones y detención ilegal como medio para cometer un robo con violencia
El jurado declaró culpable del crimen sólo a uno de los dos acusados
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 33 años de cárcel al asesino del joyero de Carmona Francisco Cintado, que murió en agosto de 2018 tras recibir una brutal paliza, mientras que el segundo acusado ha sido condenado a 20 años de prisión por delitos de lesiones graves y detención ilegal como medio para cometer un delito de robo con violencia, ya que éste acusado se quedó vigilando fuera del establecimiento y “era plenamente consciente, porque así lo habían acordado previamente, de que al menos el robo se iba a cometer empleando grave violencia contra el joyero”.
En noviembre pasado, el jurado popular que enjuició este caso consideró por unanimidad culpable del asesinato al ciudadano rumano Gheorghes S., mientras que Iuilan I. fue exculpado del asesinato. Tras el veredicto, la Audiencia ha condenado ahora al principal acusado por un delito de asesinato y le ha impuesto 25 años de cárcel y la prohibición durante 35 años de comunicarse o aproximarse a menos de 1.000 metros de la mujer y las dos hijas del fallecido, así como ocho años de prisión y 12 años de prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 1.000 metros de la familia del joyero por el delito de detención ilegal como medio para cometer un delito de robo con violencia.
Asimismo, la Audiencia condena al segundo investigado a 12 años de prisión y la prohibición durante 22 años de comunicarse o aproximarse a menos de 1.000 metros de los familiares de la víctima por un delito de lesiones graves, mientras que por el delito de detención ilegal como medio para cometer un delito de robo con violencia le impone 8 años de cárcel y la prohibición durante 12 años de comunicarse o aproximarse a menos de un kilómetro de la mujer y las hijas del finado.
La Audiencia, que considera “proporcional” la imposición de dichas penas porque los hechos enjuiciados “son gravísimos dado el resultado producido (muerte)”, condena además a los dos encausados a indemnizar conjunta y solidariamente a la familia del fallecido con 390.000 euros por los daños morales y las secuelas sufridas; con 295.372 euros por los objetos sustraídos no recuperados y con 5.850 euros por la cantidad de dinero en metálico sustraída y no recuperada, según establece la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El jurado consideró probado, y así lo recoge la sentencia, que, “con la intención de enriquecerse de manera ilícita” y “puestos de común acuerdo tanto en la finalidad como en los medios”, los dos acusados, en compañía de otro individuo no enjuiciado en esta vista oral, “pusieron en marcha un plan para la sustracción de efectos” en la joyería propiedad de la víctima.
Los acusados “idearon un plan”
“En la ejecución de su designio criminal”, los condenados “idearon un plan que dividieron en dos partes”, la primera de las cuales se llevó a cabo entre las 9:30 y las 12:30 horas del día 3 de agosto de 2018, cuando el principal acusado acudió a la joyería en compañía del individuo no juzgado “con el pretexto de realizar la reparación de un reloj y así ganarse la confianza” del fallecido, “quedando con éste en verse otro día para recoger el encargo y poder entrar así en el establecimiento sin levantar sospechas”.
Los acusados aprovecharon ese mismo día para solicitar a la víctima que les exhibiera un muestrario de joyas sacadas del interior de la trastienda, “con lo que pudieron conocer el lugar donde se guardaban éstas, así como el propio establecimiento y sus medidas de seguridad”.
La Audiencia recoge como hechos probados que, “para concluir su designio criminal” y aceptando el principal acusado “incluso dar muerte” al finado “si ello así surgiera para obtener su ilícito propósito de enriquecerse”, los investigados acudieron a la joyería en un vehículo sobre las 18:00 horas del día 6 de agosto de 2018 en compañía del varón no enjuiciado -que está huido de la Justicia-, quedándose uno de los encausados fuera del establecimiento realizando labores de vigilancia, “asegurándose en un primer momento que no se encontrara ninguna persona en la joyería ni presencia policial en los alrededores”.
Este acusado “era plenamente consciente, porque así lo habían acordado previamente, de que al menos el robo se iba a cometer empleando grave violencia contra el joyero”, ya que “conocía que sus compinches iban provistos de bridas y cinta americana para reducir a la víctima y que estaban dispuestos a golpearle salvajemente para conseguir su objetivo, hechos que indudablemente aceptó el acusado dado el tiempo” que los otros dos implicados permanecieron en el interior de la joyería.
Seguidamente, y mientras este acusado “continuaba realizando labores de vigilancia para garantizar la comisión del delito y evitar ser descubiertos”, el principal condenado y el individuo no enjuiciado llegaron a la joyería y llamaron al timbre, abriéndoles la puerta el propietario “al haberlos reconocido por el monitor de la cámara de vigilancia debido al encargo que habían realizado días antes”.
La víctima recibió una “brutal paliza”
Una vez dentro del local y “después de provocar” que la víctima, tras sacar el reloj que había reparado, entrara de nuevo en la trastienda, el principal condenado entró tras el joyero y, “sin darle tiempo a salir de la trastienda ni posibilidad alguna de defensa, se abalanzó” sobre él. A continuación, y “con ánimo de menoscabar su integridad física, hasta el punto que fuera preciso para alcanzar su objetivo, inclusive darle muerte”, ambos implicados “comenzaron a golpearlo sin cesar de forma brutalmente expeditiva, propinándole durante minutos múltiples golpes y patadas por toda la cara, cuerpo y extremidades”, una “brutal paliza” con la que “aumentaron deliberada e innecesariamente su sufrimiento”.
Tras ello, le colocaron las manos a la espalda, atadas con bridas y cinta americana, atándole también los pies por el mismo medio y colocándole finalmente cinta americana desde el cuello hasta la boca, señala la sentencia, que añade que, encontrándose el fallecido “reducido en el suelo, tendido boca arriba y sin posibilidad de movimiento”, el principal condenado comenzó a registrar la cámara acorazada y sacó varias joyas de su interior.
En un momento dado, y cuando la víctima trataba de levantarse, el principal acusado, “atentando contra su vida, le propinó un fuerte rodillazo en la cabeza que provocó que cayera inconsciente boca abajo”, de modo que, mientras el joyero se encontraba inconsciente, los implicados “continuaron impasibles, registrando la trastienda y apoderándose de joyas y otros objetos”, así como de 5.850 euros de dinero en efectivo y de unos de los monitores de televigilancia “con la finalidad de evitar ser identificados”.
“Perpetuados en el ánimo de atentar contra la vida” del dueño del establecimiento, y “a pesar de la posición en la que seguía postrado, inconsciente y con signos de poder quedarse inerte”, los implicados salieron de la joyería con los efectos sustraídos y abandonaron allí al finado, quien “no presentaba ningún signo o posibilidad de recuperación debido a los golpes y posición en la que le habían postrado”, huyendo del lugar en el coche en el que les esperaba el otro condenado.
El dueño de la joyería fue encontrado sin vida dos horas después por su esposa y una de sus hijas en la misma posición en la que fue abandonado por los acusados, quienes estuvieron huidos hasta que fueron detenidos el 31 de enero de 2019 y el 19 de abril de ese mismo año, respectivamente, encontrándose los dos privados de libertad por esta causa desde dichas fechas.
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