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Junta de Andalucía
El juzgado Social 3 de Sevilla ha rechazado todas las demandas del ex ministro Bernat Soria contra la Junta de Andalucía por su despido como responsable de la investigación con células madre en el CABIMER. La sentencia no considera demostrado que la Junta llevara a cabo contra él una campaña de “desprestigio internacional” y “muerte científica” por los que Soria reclamó 2,7 millones de euros de indemnización.
La sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, declara el despido como procedente, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, y considera que Bernat Soria vulneró el compromiso de exclusividad con la Junta, lo que constituye un “incumplimiento grave y culpable de la buena fe contractual“.
La demanda del ex ministro de Sanidad socialista entre 2007 y 2009 se dirigió contra la fundación pública andaluza Progreso y Salud, con la que en 2005 había suscrito un contrato de trabajo de alta dirección como director del Centro Andaluz de Biología Molecular y Medicina Regenerativa (CABIMER) para investigar sobre células madres.
Además de este pleito laboral, Bernat Soria tiene pendiente otro juicio, que se celebrará el 20 de enero de 2022, por derechos de patentes y un importe de más de 40 millones de euros.
Una vez cesado como ministro, Soria suscribió un nuevo contrato para prestar servicios como investigador de la fundación Progreso y Salud y como director del Observatorio de Prospectiva y Alianzas Internacionales en I+D e investigador del CABIMER.
Recuerda la sentencia que una de las estipulaciones recogía que Soria se obligaba a no desarrollar “actividades comerciales, profesionales o laborales de cualquier índole por cuenta propia o ajena con otra empresa” y a cambio de esa exclusividad percibiría 5.000 euros anuales, lo que hacía un sueldo bruto total de 180.000 euros. "A buen seguro uno de los más elevados del sector público andaluz", según el juez.
Pero fue socio de sociedades de asesoramiento en terapia celular y biotecnología, así como apoderado con amplios poderes de una empresa de asesoría y gestión de laboratorios y empresas farmacéuticas.
Según el juez, con ello “incumplió de una manera clara y evidente su compromiso de exclusividad” y mantuvo esas actividades ocultas a su empleadora, hechos “de la gravedad suficiente para considerarse como una falta que permite el despido”.
Ello con independencia de que el despido disciplinario “no es un juicio sobre la actitud o idoneidad del trabajador”, que en el caso de Bernat Soria “está sobradamente reconocida”.
Tampoco considera el juez que se produjese un acoso laboral o que la Junta estuviese “difamando o buscando su desprestigio internacional y su muerte científica”, tampoco se ha demostrado “pasividad alguna” de la oficina de prensa de la fundación para no publicitar alguno de sus méritos, premios o condecoraciones, tampoco que se le privara de recursos ni que fuera víctima de una “ocultación pública” en los actos de aniversario del CABIMER. Las acusaciones de Soria no pasan de ser un “exceso verbal”, según la sentencia.
Finalmente, el juez alude a que la demanda denunció “años de acoso e inquina política” pero se da la circunstancia de que “fue contratado por una fundación del sector público andaluz dependiente de la Junta a cuyo frente se encontraba un partido político opuesto al que ocupaba el gobierno andaluz cuando se produjo el despido” en 2019 y esto “echa por tierra la idea de una supuesta campaña que se habría prolongado a lo largo de los años con administraciones de distinto y contrarios signo político“.
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