"Te voy a meter en la cárcel y me invento lo que sea"
Condena una mujer por denuncia falsa a su ex marido
Un juez condena a una mujer que denunció a ex pareja por abusar sexualmente del hijo de cuatro años
La condenada tendrá que indemnizar al ex marido con 9.000 euros por la "estigmatización y el calvario" al que lo sometió al atribuirle unos hechos "execrables"
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Una condena ejemplar. Un juez de Sevilla ha condenado a una mujer a cuatro meses de cárcel y al pago de una multa de 1.440 euros por un delito de denuncia falsa, por haber acusado a su ex marido de uno de los peores delitos que se pueden atribuir a un padre: haber abusado sexualmente de su hijo cuanto tenía sólo cuatro años. La sentencia incluye un duro reproche a la madre, que además deberá indemnizar a su ex pareja con 9.000 euros por el daño moral causado por la "estigmatización y el calvario" al que sometió al padre que, según recoge el fallo, reside en Morón de la Frontera, teniendo cuenta además los "hechos execrables" que le atribuyó la mujer en la denuncia.
La sentencia ha atenuado la pena a la condenada al apreciarle una circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, dado que la mujer denunció al marido en el año 2012 y es ahora cuando ha sido juzgada y condenada por el delito de denuncia falsa. Los hechos que ha declarado probados el juez de lo Penal número 10 de Sevilla, David Candilejo, no dejan lugar a dudas. Así, recoge el magistrado que la mujer presentó el 24 de mayo de 2012 una deNuncia en la Comisaría de la Policía Nacional de Morón de la Frontera contra su ex marido, al que imputaba un delito de abusos sexuales contra el hijo del matrimonio, que entonces tenía cuatro años, con motivo del derecho de visitas que tenía el progenitor. Dice el juez que la mujer denunció al marido "a sabiendas de la falsedad de la denuncia y con temerario desprecio de la verdad".
El mismo día que presentó la denuncia, el ex marido compareció igualmente en la Comisaría de Policía para denunciar que su mujer le había manifestado literalmente lo siguiente: "Te voy a meter en la cárcel y me invento lo que sea, y si hace falta lastimo a mi hijo, pero tú no lo ves más", declara también como probado la sentencia, que añade que esta denuncia falsa provocó la apertura de un procedimiento judicial contra el padre que fue finalmente archivado en abril de 2013 por el juzgado, pero el archivo se recurrió y no fue hasta octubre de 2013 cuando la Audiencia de Sevilla confirmó el sobreseimiento, deduciéndose a continuación testimonio para investigar a la madre por el falso testimonio.
El abogado José Reina, que representa al padre, ha mostrado su satisfacción por esta condena, si bien ha señalado que la indemnización por el daño moral fijada por el juzgado "no compensa el daño causado a mi cliente, que ha sido estigmatizado en una localidad pequeña como Morón de la Frontera, y que ha provocado que el niño no haya podido tener unas relaciones normalizadas con su padre". En cualquier caso, para el padre es importante que se conozca que ha quedado probado finalmente que "todo era falso y que a la madre se le ha condenado".
Alegó que fue "inducida" a denunciar por el psicólogo y el pediatra
En el juicio la acusada negó los hechos, al afirmar que su intención a la hora de presentar la denuncia no era perjudicar a su ex marido, sino que desde el primer momento tuvo "claras sospechas" de que su hijo estaba sometido a "prácticas sexuales dudosas por parte de su padre y que por ello se decidió a denunciar. Su intención era exclusivamente ayudar a su hijo porque estaba muy preocupada por el comportamiento del niño, a veces agresivo incluso con el comportamiento de su propia madre y con la abuela materna, como ambas declararon en el juicio", señala la sentencia, que añade que la mujer manifiesta en todo momento que fue "poco menos que inducida a interponer la denuncia por el psicólogo que trató al menor en primer lugar, así como por la pediatra de Atención Primaria que igualmente trataba al pequeño".
Pero el psicólogo y el pediatra negaron rotundamente este extremo. El psicólogo negó que le hubiera dicho que tenía que denunciar porque sino iba a ser "colaboradora" de los hechos, y en cambio el diagnóstico que hizo fue de un trastorno de conducta porque "la separación de sus progenitores era de alta conflictividad".
Sin embargo la exploración judicial del menor no coincide "en absoluto" con lo que la madre había declarado previamente, es decir, el "propio menor desmonta las manifestaciones que su progenitora realizó a la juez instructora", argumenta el magistrado, que explica asimismo que el informe del Equipo de Evaluación e Investigación de Casos de Abuso Sexual (Eicas) es de "tal contundencia que motivó" el archivo de la denuncia contra el padre.
En este informe se detalla que el menor confesó que todo lo que dijo "se lo había dicho su madre, y que éste se lo inventó todo, negando la posible ocurrencia de ninguna de las supuestas conductas abusivas referidas anteriormente", al tiempo que se concluye que el relato del menor es "poco creíble y presenta indicios de manipulación adulta teniendo bastante datos compatibles con la hipótesis de que el menor haya sido manipulado por terceras personas o de que sus posibles revelaciones indiciales hayan sido malinterpretadas por su entorno materno".
Para el juez, todo ello conduce al convencimiento de que la denuncia de la madre se realizó "sabiendo que lo que se está diciendo o no es verdad o la denuncia se está presentando con temerario desprecio hacia la verdad". La madre dijo que fueron el psicólogo y la pediatra los que le indicaron que denuncia, "cosa que ambos profesionales han negado de manera rotunda" y además la mujer ya le había manifestado al ex marido antes de acudir a la Policía que "le iba a meter en la cárcel y que se iba a inventar lo que fuera".
La acusada manifiesta que su única intención era proteger a su hijo pero "sin embargo en la denuncia se hace constar que el niño voluntariamente le manifiesta a la declarante que su padre realizaba prácticas sexuales delictivas con él, cosa que el menor en la exploración no ratifica y cosa que el menor en el informe y en las entrevistas del Eicas no sólo no ratifica sino que manifiesta que fue su madre la que le manifestó dichas circunstancias". Por todo ello, el juez considera que la acusada "merece el reproche penal en forma de sentencia condenatoria, al haberse enervado el principio de presunción de inocencia".
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