El lamento de un tribunal: “en modo alguno podemos cumplir los plazos legales”
Tarjetas revolving
Debido a la avalancha de cláusulas suelo cada magistrado emite 34 fallos semanales que “superan con creces” los módulos del CGPJ
La Sección Primera de la Audiencia de Jaén ha respondido con un desolador mensaje a la queja de un abogado sevillano porque va a tardar casi dos años el resolver un recurso que la ley fija en un mes. “En modo alguno se podrían por ahora cumplir los plazos establecidos en los preceptos legales”, explica el tribunal, ya que su entrada de asuntos “supera con creces los módulos” del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) debido a la avalancha de demandas por cláusulas suelo.
El abogado Daniel Sánchez Bernal presentó dos quejas sucesivas ante el órgano de gobierno de los jueces porque una demanda aparentemente sencilla, la nulidad de una tarjeta revolving abusiva, va a ser deliberada en la Audiencia de Jaén un año y 7 meses después de que le llegara y más de tres años después de que se presentara la demanda. La Ley de Enjuiciamiento Civil establece que dicho trámite en la Audiencia debe resolverse en un mes.
En su respuesta al Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ, el tribunal reconoce que está fijando sus señalamientos a un año y medio vista, aunque los asuntos urgentes que afectan a menores de edad en pleitos de Familia se señalan “en escaso margen de tiempo”. Esta avalancha responde sobre todo a la “cuantiosa llegada” de demandas por cláusulas suelo.
El tribunal explica su trabajo: cada uno de sus seis magistrados “resuelve de manera regulada y constante 34 fallos semanales” datos que “superan con creces la ratio y módulos establecidos por ese órgano de Gobierno”, y sus deliberaciones de los miércoles no se suspendieron ni siquiera durante los tres meses de estado de alarma por la COVID.
Gracias a la creación de una plaza de magistrado este año, han conseguido “disminuir en corto espacio de tiempo” los asuntos pendientes de 1.700 a unos mil, aunque la Sala advierte que “en modo alguno, dado el volumen de asuntos referido, se podría por ahora cumplir con los plazos establecidos en los preceptos legales”.
El caso de Sánchez Bernal objeto de la queja, al no ser preferente, ha sido señalado para el 24 de febrero de 2021 “siguiendo el turno de señalamientos que le corresponde” y que se fija “a varios meses vista y por estricto orden de recepción”.
La Unidad de Atención Ciudadana del Promotor de la Acción Disciplinaria informa al letrado de que no tiene competencias para adelantar señalamientos, lo que además “redundaría en perjuicio del resto de juicios pendientes de señalar”, por lo que solo puede aconsejar al firmante de la queja que “si considera que en su procedimiento concurren circunstancias especiales que justifiquen su calificación como urgente, puede alegar y acreditar estas circunstancias ante el órgano judicial y solicitar que se adelante el señalamiento”.
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