Dos peritos de los ERE se sienten ninguneados en su trabajo y piden no volver a declarar en los juicios
El caso de los ERE
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid les ha negado el pago de complementos por la pericia que realizan en el caso de los ERE desde el año 2012
Un informe de Hacienda sostiene que siempre actuaron bajo la dirección de Ángel Turrión, "jefe de los peritos de la IGAE", quien asumía "todas las responsabilidades de la pericia y supervisaba" el trabajo de los otros dos expertos
Y si la Junta tuviera que pagar por los ERE
Rifirrafe de "alto voltaje" entre los peritos
La victoria de las tesis de los peritos de la IGAE en el caso de los ERE
El informe pericial que elaboraron tres peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) fue la prueba estrella y determinante para fijar la condena en el caso del juicio por el "procedimiento específico" de los ERE, en el que fueron condenados los ex presidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán junto a otros ex altos cargos de la Administración andaluza. Después de más de once años dedicados a la práctica de esta pericial, dos de los tres peritos se sienten ninguneados después de que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid les haya negado el pago de complementos por la labor que han realizado durante todos estos años y que equiparan a la tercer perito que ha intervenido en el caso. En este sentido, los dos profesionales consideran que "no se reconoce el trabajo que realmente realizan como peritos judiciales".
Los peritos Eduardo Villaseca y Rosa María Hernández han presentado un escrito en la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla -que los ha citado este lunes para la práctica de la prueba pericial en uno de los juicios por las ayudas individuales de los ERE, en este caso a la empresa Industrias Elizana-, en el que piden al tribunal que les excuse de asistir a la vista oral, todo ello después de que la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Madrid haya establecido que ellos "no tienen responsabilidad alguna en la pericia, atribuyendo todas las responsabilidades de la misma a Ángel Turrión".
Los dos profesionales recuerdan que desde el 24 de mayo del año 2012, cuando asumieron ante la juez Mercedes Alaya el cargo de peritos de la macrocausa de los ERE, han venido realizando las funciones de perito, analizando la documentación entregada por el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, "emitiendo y firmando conjuntamente con los otros miembros del equipo pericial los correspondientes informes solicitados". Y de esta forma, han prestado declaración en la media docena de juicios de los ERE que se han celebrado desde el año 2017.
Eduardo Villaseca y Rosa María Hernández explican que presentaron un recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de Madrid reclamando el abono de las "diferencias retributivas" por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel superior, dado que todos los peritos designados por la IGAE ocupan puestos de trabajo de nivel 28 y superior, si bien ellos están adscritos al nivel 26, por lo que reclamaban las diferencias entre las cantidades recibidas en concepto de complemento de destino y complemento específico correspondientes al puesto de trabajo de auditor nacional supervisor de la Oficina Nacional de Auditoría (ONA), todo ello desde el año 2012 a la actualidad.
Sin embargo, la sentencia del Alto Tribunal madrileño ha rechazado frontalmente su petición e incluso les ha impuesto el pago de 1.000 euros en concepto de costas procesales. La sentencia basa su decisión en un informe elaborado por la Subdirección general de Organización, Planificación y Gestión de Recursos del Ministerio de Hacienda que atribuye la responsabilidad de la dirección de la pericia a Ángel Turrión.
En concreto, el informe señala que si bien ambos peritos "colaboraron en la emisión de informes y posteriormente acudieron a ratificarlos ante el juzgado de Instrucción, no es menos cierto que en todo caso actuaron bajo la dirección y supervisión de Ángel Turrión, con quien se comparan, y que en todas las actuaciones éste constaba como 'jefe de los peritos de la IGAE', que en definitiva era quien asumía todas las responsabilidades de la pericia y supervisaba el trabajo de los recurrentes en concordancia con su papel directivo".
Fueron sólo "colaboradores" de los trabajos periciales
Ese informe añadía que los interventores de nivel 28 -en alusión a Turrión-, respondieron a un "94,1% de las cuestiones planteadas y los técnicos de nivel 26 a un 5,9%; sin que las tareas realizadas por los peritos del cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad al que pertenecen los recurrentes, alcanzaran en ningún momento las actividades de dirección, estudio y coordinación de la pericia; limitándose a la ordenación y examen de las numerosa documentación existente, a realizar el trabajo de campo en el análisis de cada subvención concedida, al archivo de la documentación y, como máximo, a la preparación de un borrador de informe cuyo contenido y estructura fue previamente establecido por los peritos interventores del Estado, borrador que, en todo caso y sin excepción, necesitó la previa revisión, corrección y aceptación por parte de los peritos interventores y de Ángel Turrión como jefe del equipo".
El informe concluía que en ningún caso los dos peritos mencionados realizaron las "mismas funciones que las desempeñadas, en particular, por Ángel Turrión, sino que su posición ha sido en todo caso de colaboradores en todos los trabajos periciales bajo la dirección inicialmente de los dos interventores designados y, posteriormente, bajo la exclusiva dirección de Ángel Turrión".
La sentencia entiende que "dada la claridad y contundencia" de este informe del Ministerio de Hacienda no ha quedado acreditado que Eduardo Villaseca y Rosa María Hernández llevaran a cabo todas las funciones y asumieran las responsabilidades "inherentes al puesto de interventor nivel 28, cuyas retribuciones reclaman, por lo que procede la desestimación" del recurso.
En el escrito remitido ahora a la Audiencia pidiendo que se les excluya de acudir al juicio, los dos peritos señalan que las conclusiones de ese informe al que se refiere la sentencia "no están soportadas por documento probatorio alguno" y recuerda que la institución que ha elaborado ese informe es "parte frontalmente opuesta a las pretensiones económicas de estos dos peritos, no así en cuanto a la persistencia en el trabajo que vienen realizando".
Y añaden que como esta sentencia declara probado que ambos actuaron siempre en calidad de "colaboradores" -una "figura que desconocían hasta la aportación del informe de la IGAE", advierten- y además "todas las responsabilidades de la pericia las asumía Ángel Turrión", es por ello que Eduardo Villaseca y Rosa María Hernández consideran que "no se reconoce el trabajo que realmente realizan como peritos judiciales".
Por todo ello, insisten en que se excuse su presencia en el juicio, puesto que según la sentencia del TSJ de Madrid "no tienen responsabilidad alguna en la pericia, atribuyendo todas las responsabilidades de la misma a Ángel Turrión".
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