La 'guerra' entre el denunciante de las oposiciones y los otros aspirantes
LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE 2012
El juzgado que ordenó repetir las oposiciones a los 44 policías locales admite que los más de 30 aspirantes son “afectados” por las irregularidades tras la filtración del examen
El Ayuntamiento pide a la juez que aclare si debe fijar ya la nueva fecha para la repetición de las oposiciones
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Las diez claves del caso que obliga a repetir las oposiciones
La batalla legal que libran 44 agentes de la Policía Local de Sevilla que deben ser cesados por la sentencia de que obliga a repetir el examen de las oposiciones del año 2012 tiene un nuevo frente judicial, que enfrenta al que era único denunciante del fraude con los más de 30 aspirantes que en su día se presentaron a las pruebas y que ahora han pedido personarse como perjudicados en el proceso.
Desde que el Ayuntamiento de Sevilla comunicó a la juez que no podía cesar a los 44 policías locales y planteó un incidente de inejecución de la sentencia, se produjo un efecto llamada que provocó la aparición de nuevos opositores que se han ido personando en el proceso judicial como presuntos perjudicados. En total, son más de una treintena los aspirantes que, representados por un abogado, se han personado en las actuaciones que lleva a cabo el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla.
El denunciante de las oposiciones recurrió la decisión de admitir la personación de esta treintena de aspirantes y ahora el juzgado ha comenzado a rechazar estos recursos. Así, se ha dictado un decreto en el que desestima uno de los recursos de reposición presentados por el denunciante contra la entrada como perjudicado de uno de los aspirantes, según han confirmado a este periódico fuentes judiciales.
En este caso, el primer denunciante alegaba que no se podía admitir la personación de este opositor "ni como ejecutado ni como ejecutante, alegando que la posición del ejecutante sólo la puede ostentar quien pretenda la declaración de nulidad de los actos que se recurren, y la posición del codemandado es de intereses contrarios al ejecutante", al tiempo que entendía que este opositor no reunía los requisitos para su aplicación y tampoco había sido perjudicado. Los servicios jurídicos municipales comparten el recurso del denunciante y estima que el aspirante no cumplía con los requisito exigido.
La solicitud de personación se efectuó en septiembre pasado y en la misma se exponía que esta persona se personaba en el litigio como "parte afectada" y para ello adjuntaba documentos en los que figuraba en la lista de aspirantes a participar en las pruebas convocadas inicialmente por el Ayuntamiento de Sevilla para el pasado 30 de septiembre -que luego fueron suspendidas cautelarmente por la juez-, por lo que el juzgado de lo Contencioso-administrativo consideró que "se trataba de una persona afectada por el fallo, sin que en ese momento procesal tuviera que entrar a dilucidar otras cuestiones obre la personación del mismo, ya que se encontraba suficientemente motivado por la documental citada".
Dice el juzgado que este aspirante a miembro de la Policía Local de Sevilla estaba incluido en el supuesto previsto en el artículo 109 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que recoge que "la Administración Pública, las demás partes procesales y las personas afectadas por el fallo, mientras no conste en autos la total ejecución de la sentencia, podrán promover incidente para decidir, sin contrariar el contenido del fallo, cuantas cuestiones se planteen en la ejecución".
Por todo ello, prosigue el decreto de la letrada de la Administración de Justicia, este aspirante "se persona como parte afectada y por tanto se ha de confirmar la diligencia recurrida y desestimar el recurso de reposición interpuesto por la parte actora, sin perjuicio de lo que pueda acontecer en el proceso de ejecución ante las acciones que fueren instadas", concluye.
La repetición de la prueba
Uno de estos aspirantes que se sienten "perjudicados" presentó un escrito a la juez pidiendo precisamente todo lo contrario, que se mantenga la repetición de la prueba práctica y, por tanto, se rechace el incidente de inejecución que ha planteado el Consistorio, que alega el "coste económico desproporcionado" y el "grave perjuicio" para la Seguridad Ciudadana que supondría la destitución de los funcionarios. Y esto es precisamente lo que ha decidido la juez Nuria Marín, que recientemente rechazó el planteamiento del Ayuntamiento, ordenando al Consistorio que fijara una nueva fecha para la repetición del examen.
Sin embargo, los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Sevilla han pedido a la magistrada que aclare el auto en el que ordenó al Consistorio que fijara ya el "nuevo día y hora" para la realización del ejercicio práctico, que se iba a celebrar en principio el pasado 30 de septiembre pero que se suspendió cautelarmente por la propia juez mientras se tramitaba el incidente planteado por el Consistorio para no cesar a los 44 agentes afectados por la filtración del examen.
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