La familia busca la "verdad material" del asesinato de Marta del Castillo
Caso Marta del Castillo
Los padres de Marta recurren ante la Audiencia la decisión del juez de archivar la última línea de investigación al hermano de Carcaño
Se preguntan si Javier Delgado convenció a Miguel Carcaño para que se inculpara de la muerte de Marta
La “verdad material” del asesinato de Marta doce años después de aquel aciago 24 de enero de 2009. Los padres de Marta del Castillo han pedido a la Audiencia de Sevilla que reabra la investigación a Javier Delgado, hermano de Miguel Carcaño, y se practiquen una serie de pruebas, entre ellas el análisis del tensiómetro con el que Carcaño supuestamente comprobó que la joven había fallecido, así como que ambos hermanos vuelvan a declarar y haya un careo entre ambos, todo ello con la finalidad de hallar “la verdad material” de lo que ocurrió en el piso de León XIII y de esta forma se pueda encontrar el cuerpo de Marta y “dar a sus padres, hermanas, abuelos, tíos y el resto de la familia y amigos el descanso y la paz que merecen todas las personas”.
Esto es lo que ha solicitado la abogada de los padres de Marta, Inmaculada Torres, en el recurso de apelación que ha presentado ante la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla para que se reabra la causa contra el hermano de Carcaño por la última línea de investigación relacionada con la presentación de documentos falsos para obtener un crédito hipotecario cuyo impago pudo desembocar en la discusión en la que, según el testimonio de Carcaño, su hermano acabó con la vida de Marta golpeándola con la culata de una pistola.
En el extenso recurso, al que ha tenido acceso este periódico, la acusación particular impugna expresamente que los hechos investigados sean “cosa juzgada”, como sostienen el juez de Instrucción número 4 de Sevilla y la Fiscalía, porque, según explica, no se “intenta mutar lo establecido en una sentencia, ni revisar una instrucción, sino encontrar la verdad material y para ello es necesario llevar a cabo una investigación de los nuevos y distintos hechos que, no sólo han sido afirmados por Miguel Carcaño, sino acreditados documentalmente y corroborados por una investigación policial y, estos hechos incluyen, por supuesto, desde la agresión y muerte a Marta hasta su posterior desaparición, pues constituyen un todo que hay que investigar en su conjunto, hechos anteriores y hechos posteriores”.
En este sentido, destaca la familia que la investigación debe abarcar “no sólo si, como dice Miguel Carcaño, fue su hermano el que, como consecuencia de los delitos de falsedad documental y estafa –que ambos habían cometido y en el que parece ser que había más personas implicadas, lo que no significa que esta parte pretenda una investigación genérica de estos concretos hechos– el que agredió y mató a Marta, sino lo que ocurrió con posterioridad a estos hechos, sin poder ampararnos en la institución de la cosa juzgada para evitar esta investigación, al menos, en este momento procesal, cuando es la propia Policía la que concluye que, a la vista de los hechos investigados y acreditados y las contradicciones de Javier Delgado, proponen seguir con la investigación, tomando nueva declaración a este último y a la que, en el momento de los hechos, era su esposa”.
La declaración de cosa juzgada, continúa la letrada, implica que el hermano de Carcaño no podría ser, de nuevo, enjuiciado por un delito de encubrimiento, amenazas, contra la integridad moral y profación de cadáveres –por los que ya fue absuelto en la sentencia que condenó a Carcaño en el año 2012–, “pero nada impide que pueda ser juzgado y, con antelación, investigado por su participación en la agresión y muerte de Marta del Castillo, quedando absorbidos los hechos posteriores consistentes en las labores de ocultación del delito en los hechos más graves, pero que también tendrán que ser investigados”.
Por todo ello, considera que el instructor ha realizado una “indebida aplicación” del principio de cosa juzgada o non bis in ídem, “al no existir la identidad objetiva y subjetiva necesaria en los hechos” que fueron sentenciados y los que ahora se han investigado.
La acusación se pregunta “¿qué mas dato objetivo nuevo necesita el juez?, cuando el Grupo de Homicidios corrobora no sólo los datos periféricos de la declaración de Miguel Carcaño, sino que lleva a afirmar que Javier Delgado no dudó en incurrir en conducta delictivas para solventar la mala situación económica que tenía y su interés personal en la venta del piso de León XIII para hacer frente a sus deudas, llegando a convencer a su hermano Miguel para participar en dichas conductas delictivas”, a lo que añade: “¿Qué más tiene que aportar esta parte para que se investigue y se busque la verdad material? ¿Tiene esta parte que asumir la función de investigación e instrucción que tienen atribuidas los juzgados de Instrucción en un Estado de Derecho?”.
La letrada insiste en que en este caso no se trata de que no estén conformes y quieran revisar todo porque no se está de acuerdo con la sentencia, “lo que mis patrocinados necesitan es encontrar la verdad material que nos conduzca a encontrar a Marta”.
La prueba del tensiómetro
Entre las diligencias de prueba que la familia propone se encuentra la realización de un informe pericial del tensiómetro de pulsera que Carcaño asegura que utilizó para comprobar que Marta había fallecido la noche del 24 de enero de 2009, según la declaración manuscrita realizada por Miguel el 22 de febrero de 2013, una prueba que podría fijar la hora exacta de la muerte.
El tensiómetro fue sometido a un examen de ADN, que arrojó una mezcla de los perfiles genéticos de Carcaño y de Marta, lo que corrobora que el aparato fue usado con la víctima, pero los investigadores policiales –el Grupo de Menores (Grume)– “jamás encendió el aparato, ni se comprobó si tenía registro de memoria, sólo se analizó el ADN”.
Según la acusación, encenderlo ahora podría servir para saber si el aparato estaba en hora y, si lo hacía y guardaba en la memoria las mediciones, se podría conocer “la hora concreta de la muerte” de Marta. De esta forma, se determinaría “de forma definitiva si Javier Delgado se encontraba en la casa de León XIII en el momento de la muerte, o no, como él manifiesta e incluso podría contener el resultado de la medición realizada”.
La familia también pide una nueva declaración de Miguel Carcaño como testigo ante el juez, dado que la versión que viene manteniendo desde 2013 está “corroborada por datos objetivos ciertos, sobre los que no ha sido interrogado”.
La hipoteca se pagó dos días antes del crimen
Y como pedía la Policía, la acusación quiere que vuelva a declarar su hermano Javier Delgado, en este caso como investigado, ante las “numerosas contradicciones” detectadas en su testimonio ante la Policía. Como ejemplo, cita que Javier Delgado reconoció a los agentes de Homicidio que recriminó a Miguel que no atendiera las primera cuotas de la hipoteca, negando que eso ocurriera el 24 de enero de 2009.
Sin embargo, prosigue el recurso de la familia, consta en las actuaciones el extracto de cuenta donde estaba domiciliado el abono de la hipoteca, que la misma se estuvo abonando desde el mes de noviembre de 2008, “siendo el 5 de enero de 2009 cuando la cuenta se queda con un saldo de tres euros, al haberse gastado el dinero el propio Miguel, realizándose una transferencia, por alguien, el 22 de enero de 2009, por importe de 1.009,66 euros, abonándose, finalmente, la cuota hipotecaria ese mismo 22 de enero del 2009”, dos días antes del asesinato.
Por lo tanto, “es incierto que Javier Delgado conociera el impago de la hipoteca por una carta que llegara a León XIII, pues aún no se debía ninguna cuota hipotecaria. Es incierto que la discusión que Javier Delgado tuvo con su hermano, Miguel Carcaño, se produjera antes o después del día 24, pues, sin perjuicio que Miguel Carcaño vivía en Camas y como él había manifestado, hacía tiempo que no iba por León XIII, no es hasta el 22 de enero, dos días antes del crimen, cuando se realiza una transferencia por alguien –no se sabe si Miguel Carcaño, aunque ya manifestó que él no tenía dinero ni ganaba esa cantidad en la empresa de limpieza, o Francisco Javier Delgado– para cubrir el descubierto en la cuenta, pero lo cierto es que entre el 22 y el 24 de enero los hermanos no tuvieron ningún contacto y, por tanto, ninguna reprimenda, ninguna discusión, ni ninguna pelea se produjo antes del fatídico 24 de enero 2009”.
Otra de las contradicciones detectadas se refieren a la manifestación de Javier respecto a que el banco le concedió a su hermano el crédito en junio de 2008 por su “solvencia”, puesto que trabajaba en una empresa de limpieza y cobraba una pensión de orfandad, cuando “lo cierto es que, en junio de 2008, Miguel Carcaño aún no trabajaba en la empresa de limpieza y se encontraba en situación de desempleo y que lo que se le concedió fue un préstamo por un prestamista”.
También es “incierto”, asevera el recurso, la declaración de que la operación se hizo para que Miguel asumiera “responsabilidad”, porque desde que Javier Delgado se marchó del domicilio de su mujer en octubre de 2007 vivía en el piso de León XIII, compartiendo Javier Delgado esa vivienda con su novia, mientras que Carcaño vivía en Camas con la familia de su novia. Dice la acusación que, sin perjuicio de que los delitos de falsedad documental y estafa estén prescritos, nunca se le ha preguntado a Javier por estos hechos en calidad de investigado ni la acusación ha tenido oportunidad de intervenir ni preguntar, por lo que considera que se ha vulnerado el principio de contradicción e igualdad de armas.
Nueva reconstrucción en León XIII
Además del careo entre los hermanos, la familia también solicita una “reconstrucción de hechos” en el inmueble de León XIII, que hoy pertenece al BBVA, y la declaración como testigo de Javier García Marín, el Cuco, que fue la “primera persona en llegar al lugar de los hechos, vio a Marta en el suelo y habló con Miguel Carcaño y Javier Delgado, como así reconoció en su primera declaración policial y judicial, y en la confesión grabada” por el supuesto infiltrado en el entorno del Cuco.
Por último, pide la declaración del supuesto infiltrado y que se reclame a la Sección de Análisis de la Conducta (SAC) de la Policía Nacional, la grabación de Carcaño sometiéndose en 2013 al “test de la verdad”, una sesión de hipnosis regresiva en la que supuestamente señaló a su hermano como autor de la muerte de Marta. “En dicha sesión Miguel aportó datos, en estado de hipnosis, señalando, al parecer, de forma directa a Javier Delgado, corroborando lo manifestado en la declaración que dio lugar” a esta investigación, precisa.
¿Convenció a Carcaño para que se inculpara?
La acusación particular concluye que hay todavía muchos extremos que deben ser investigados y aclarados en torno a esta última línea de investigación. Para la familia, debe investigarse si, como dice la Policía, Javier “convenció a Miguel para cometer un delito de falsedad documental y estafa para conseguir dinero y pagar su deudas, ¿no es también posible y creíble que, de la misma manera, convenciera a Miguel para que se responsabilizara de la muerte de Marta?”.
“La única y legítima finalidad que se pretende con la práctica de estas diligencias es llegar, si es posible, a obtener la verdad material, pues no se puede obviar que, a pesar de que la muerte de Marta del Castillo ha sido juzgada en dos ocasiones, una ante la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, otra ante el Juez de Menores, lo cierto es que tenemos dos sentencias firmes con pronunciamientos contradictorios, que no nos han permitido conocer la verdad material de lo sucedido, lo que provoca que una familia que ha perdido a una hija, hermana, nieta, sobrina, no encuentre consuelo y quiera luchar hasta el final, no sólo por conocer la verdad de lo sucedido, sino, lo que es más importante, el paradero de Marta y sólo se podrá llegar a él si encontramos la verdad material”.
Un juicio indiciario “excesivo” por parte del juez instructor
La acusación que ejercen los padres considera que se ha vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, al haberse acordado el archivo de la causa fundándolo en un “juicio indiciario excesivo”, por cuanto el instructor “sin practicar ni una sola diligencia de prueba más, sin permitir a la Policía terminar con su investigación”, considera que los hechos “no tienen el suficiente alcance penal”, remitiéndose de nuevo al auto del anterior juez que en 2013 ya archivó la investigación contra el hermano por la nula credibilidad que le otorgaba al testimonio de Carcaño.
La resolución de archivo, opina la familia, “excede notoriamente de las facultades del juez de Instrucción en esta fase del proceso, al remitirse al auto del año 2013 en el cual se realizaba una valoración crítica del contenido de la declaración de Miguel Carcaño, al no existir el más mínimo elemento de corroboración, pero ahora ese elemento de corroboración existe, como se expresa” en el informe realizado por el Grupo de Homicidios de Sevilla y se desprende de la documental aportada.
Así, recuerda que el informe realizado por el Grupo de Homicidios de la Policía Nacional corroboró los datos aportados por la familia respecto a los documentos falsos presentados para la obtención de la hipoteca y descubrió que “el préstamo se solicitó por Miguel Carcaño con la finalidad de abonar unas deudas que tenía contraídas Javier Delgado, quien en junio de 2008 ya tuvo que acudir a un prestamista para conseguir dinero” y era por tanto el único beneficiario de esa operación.
La Policía considera de interés volverle a tomar declaración a Javier Delgado y a su ex mujer, reservándose su opinión para un momento posterior a esas declaraciones, que por el momento no se practicarán al haber acordado el instructor el archivo de esta última línea de investigación. La Policía se lo explicaba de la siguiente manera al juez de Instrucción número 4 de Sevilla, Álvaro Martín. “Si Su Señoría tiene a bien que se practiquen dichas declaraciones, una vez tomadas las mismas, se pondrán en consideración con el resto de actuaciones llevadas a cabo por este Grupo, poniendo a su disposición las conclusiones alcanzadas mediante escrito ampliatorio al presente”, anunciaba la jefa del Grupo de Homicidios.
La acusación recuerda en el recurso dirigido a la Audiencia estas palabras la responsable de la investigación y aclara a los magistrados que deben pronunciarse sobre la reapertura que no pretenden que se abra “una investigación genérica, sino todo lo contrario, lo que esta parte pretende es que se investigue si Javier Delgado tuvo participación en la muerte de Marta del Castillo, como lleva manifestando Miguel Carcaño desde el año 2013, manifestación que, si bien, en un principio adolecía de credibilidad, se ha demostrado que, al menos una parte de la misma es verdad, sin perjuicio de que los hechos delictivos de los dos hermanos cometidos en aquel momento estén prescritos”.
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