La Manada: Caso cerrado tras once sentencias y cinco condenas
el caso de la Manada
El Tribunal Supremo cierra el periplo judicial de los cinco sevillanos que han acumulado condenas que oscilan entre los 15 y 23 años de cárcel l Continúan cumpliendo sus condenas y uno de ellos, Prenda, ha reconocido la violación y ha pedido perdón a la víctima
Caso cerrado. La última resolución del Tribunal Supremo rechazando un recurso de la defensa contra la condena por los abusos a una joven en Pozoblanco (Córdoba) ha puesto fin al periplo judicial de los cinco jóvenes sevillanos que integran ese descabellado grupo autodenominado La Manada. José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero ya no tienen asuntos pendientes con la Justicia. Sólo les queda cumplir sus respectivas condenas. En estos más de cinco años que han transcurrido desde aquella aciaga noche de los Sanfermines de 2016, distintos tribunales han dictado hasta once resoluciones (diez sentencias y la última providencia del Supremo mencionada) que se han traducido en cinco condenas en la que todos o algunos de los integrantes del grupo han sido castigados por conductas que van desde la gravedad de la violación de los Sanfermines al hurto de gafas de sol, pasando delitos contra la intimidad, por haber grabado vídeos o tomado fotos con los abusos y difundirlos a través de varios grupos de Whatsapp.
Los asuntos relacionados con la Manada han llegado en dos ocasiones al Tribunal Supremo y otras dos veces al Tribunal Superior de Justicia de Navarra, aunque también han intervenido tres audiencias provinciales que han dictado sentencias (Navarra, Sevilla y Córdoba).
La última resolución ha sido una providencia del Tribunal Supremo del pasado 24 de junio –aunque se ha conocido esta semana– en la que el Alto Tribunal rechazaba los recursos de casación presentados por la defensa de los cuatro miembros de La Manada –Ángel Boza no estaba acusado– que fueron condenados a penas que oscilan entre los dos años y diez meses de cárcel a los cuatro años y seis meses de prisión por los abusos a otra joven en Pozoblanco en mayo de 2016, tan sólo unos meses antes de la violación de los Sanfermines.
Estas cinco condenas han hecho que los miembros de la Manada acumulen penas que van desde los 15 años de cárcel impuestos a Ángel Boza Florido –la única condena grave es la de la violación de Pamplona, aunque ha sido condenado a pagar sendas multas por haber robado gafas en San Sebastián y Sevilla– hasta los 23 años y un mes de prisión del ex guardia civil Antonio Manuel Guerrero: condenado por la violación de Pamplona, los abusos de Pozoblanco, así como por el robo del teléfono móvil a la víctima de los Sanfermines y por grabar los vídeos y hacer fotos que luego difundieron a través del Whatsapp.
El ex militar Alfonso Jesús Cabezuelo es otro de los miembros de la Manada con las penas acumuladas más altas: 21 años y un mes de cárcel. Los otros dos jóvenes, José Ángel Prenda y Jesús Escudero Domínguez, suman condenas de 19 años y medio de cárcel y 17 años y diez meses, respectivamente.
La suma de estas penas no representa que vayan a pasar todos estos años en prisión, puesto que ahora debe procederse a la liquidación de las condenas y conforme vayan cumpliendo parte de las mismas podrán acogerse a los distintos beneficios penitenciarios, como los permisos y en su momento el acceso a un tercer grado.
De hecho, recientemente también ha trascendido la carta que uno de los cinco condenados, José Ángel Prenda, envió a la Audiencia de Navarra mostrando su “total arrepentimiento” por la violación de Pamplona y solicitando que el reconocimiento del delito constase en su expediente disciplinario.
Esta petición de perdón se ha producido después de que la junta de tratamiento de la prisión de Puerto III negase a este condenado dos permisos de salida que había solicitado, dado que la Manada ha cumplido ya una cuarta parte de la condena por la violación –llevan más de cuatro años en prisión–, con lo que según el artículo 154 del Reglamento Penitenciario podían solicitar permisos ordinarios de salida.
El reconocimiento del delito, la conciencia del mal causado con el mismo y el arrepentimiento, con el perdón a la víctima o al ofendido, no son requisitos que figuran en la ley para obtener beneficios o acceder a una progresión de grado, aunque es cierto que son elementos que se valoran por las juntas de tratamiento a la hora de la concesión de los mismos.
Las juntas de tratamiento también tienen en cuenta la realización de alguno de los “programas de tratamiento de agresores sexuales”, dirigidos a las personas condenadas por este tipo de delitos contra la libertad sexual. La Manada tendrá, por tanto, que someterse a este programa de tratamiento, cuya realización es voluntaria, si quiere lograr en el futuro acceder a estos beneficios penitenciarios.
El caso de la Manada supuso un antes y un después en la respuesta de los tribunales ante las violaciones grupales porque, aunque los expertos aseguran que estas violaciones en grupo siempre han existido, en los últimos años se han conocido numerosos casos.
Según el histórico fallo del Supremo, la Manada se libró de una condena de casi 80 años, dado que los magistrados lamentaron la “incorrecta” calificación jurídica que se hizo en su día, al calificar la violación como un delito continuado, cuando según los magistrados del Alto Tribunal podrían haber sido condenados por cinco delitos, uno como autor y otros cuatro como cooperadores necesarios de la violación cometida por los otros cuatro condenados.
En cualquier caso, no cabe duda de que las penas a las que finalmente han sido condenados no son para nada livianas, como tampoco lo son los hechos por los que la Manada acabó entre rejas.
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