¿Comprará el Supremo la teoría del 'club' de los ERE?
el caso de los ERE
Tras la vista para la exposición de los recursos, los cinco magistrados inician la deliberación que puede cambiar el “proyecto de sentencia” que ya existe
La Fiscalía insiste en que fueron "patentes ilegalidades", no simples irregularidades
La sentencia definitiva del caso de los ERE está más cerca. Los cinco magistrados del Tribunal Supremo ya pueden iniciar la deliberación de los recursos de casación, tras la vista pública celebrada esta semana en la que las defensas de los 19 ex altos cargos de la Junta condenados y la Fiscalía han expuesto sus argumentos por los que consideran que debe revocarse o confirmarse íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla.
Esa deliberación parte, precisamente, del “proyecto de sentencia” que el magistrado ponente de los recursos, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, ya entregó a los otros cuatro magistrados que componen la Sala –Juan Ramón Berdugo, Ana María Ferrer, Carmen Lamela y Susana Polo– antes de esta vista. Desde este momento, se abren todas las cábalas respecto a lo que puede hacer o no el Alto Tribunal con la causa.
La principal duda que se plantea ahora es si el Supremo “comprará la teoría del club de los ERE”, según la cual centenares de personas, no sólo los altos cargos, sino funcionarios públicos sin ninguna vinculación política, se habrían concertado para ejecutar un fraude en la concesión de las ayudas sociolaborales y a empresas que, y esto es muy relevante, se habría mantenido nada más y nada menos que durante una década. Las defensas se han afanado en poner de manifiesto que no hay ninguna prueba sobre ese supuesto “pacto criminal” en el que habrían participado al menos los 19 ex altos cargos condenados, pero ese proceso debía implicar la connivencia de centenares de personas en esos diez años.
En esta teoría hay algo que colisiona con la lógica. Aún dando por bueno a efectos dialécticos que los 19 ex altos cargos estuvieran en el ajo, que fueran “conscientes” de las “patentes ilegalidades” –como sostienen los fiscales del Supremo–, no había nadie, ni uno solo entre ese centenar de personas, que dijera “basta”, que no fuera corrupto y denunciara esas ilegalidades si eran tan evidentes y groseras. Esto es algo a lo que después de 11 años que se han cumplido el caso de los ERE desde el inicio de la instrucción, la celebración del juicio durante un año y los 1.821 folios de la sentencia, sigue sin haberse dado una respuesta razonable.
¿Y qué dice el proyecto de sentencia que ha elaborado el ponente de los ERE? Esa es otra de las cuestiones que aún no han trascendido, pero de las que ya empiezan a circular rumores en los mentideros judiciales y recuérdese que el rumor es la antesala de la noticia, como decía el periodista José María García. Y aunque, el rumor no siempre acaba confirmándose, lo que sí está claro es que hay algunas fuentes que ya apuntan que el magistrado Eduardo de Porres, que recordemos que es el juez que en principio ha hecho un estudio exhaustivo de la causa, habría propuesto a la Sala la desestimación de los recursos de casación de los 19 ex altos cargos.
Eso supondría la confirmación de todas las condenas, incluidas las de los nueve ex altos cargos que se están jugando su ingreso en prisión, tras haber sido condenados a penas de entre seis y ocho años de cárcel. Es el caso del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, que fue condenado a seis años, y de los ex consejeros Antonio Fernández, José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo; los ex viceconsejeros Agustín Barberá y Jesús María Rodríguez Román; el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex director general de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar.
Pero ese proyecto de sentencia, no tiene por qué acabar siendo la decisión definitiva de la Sala, puesto que en la fase de deliberación que ahora se ha abierto, los otros cuatro magistrados pueden mostrar su disconformidad o introducir las matizaciones y cambios que consideren oportunos respecto al caso.
De hecho, en la vista pública pudo observarse cómo los magistrados de la Sala estaban muy atentos a los alegatos de las defensas e incluso tomaban notas conforme se iban sucediendo tanto las intervenciones de los letrados de la defensa como de los fiscales Fernando Prieto y Rafael Escobar.
Es decir, con independencia de cuál sea el sentido del “proyecto de sentencia” elaborado por el ponente, los magistrados pueden introducir en la fase de deliberación todos los cambios que estimen necesarios en ese borrador del fallo elaborado por el magistrado Eduardo de Porres.
Se buscará unanimidad, que no haya voto particulares
En función de la intensidad de esas deliberaciones, la sentencia definitiva estará ante o tardará más tiempo en hacerse pública, porque es evidente que la Sala intentará alcanzar una decisión unánime, en la que no haya discrepancias que provoquen la emisión de algún voto particular por alguno de los cinco miembros del tribunal.
Como quiera que el fallo que se tome en la pieza del denominado “procedimiento específico” de los ERE tiene un marcado carácter político, la sentencia no se conocerá hasta después de las elecciones andaluzas del próximo 19 de junio, siguiendo el criterio no escrito del Alto Tribunal de no intervenir en los procesos electorales.
Y en función de cómo vayan esas deliberaciones, del acuerdo entre los cinco jueces respecto a la decisión definitiva, la sentencia podría conocerse en el mes de julio o, en caso de que el debate sea intenso de lo que pueda parecer inicialmente, la decisión podría retrasarse más tiempo, hasta después de las tradicionales vacaciones de la Justicia del mes de agosto. Si el fallo se retrasa hasta otoño sería una evidencia de que hay debate interno en la Sala, que no todos los magistrados serían partidarios de la desestimación de todos los recursos de casación de los 19 ex altos cargos.
En la vista celebrada esta semana los abogados de la defensa se afanaron precisamente en combatir la acusación más grave, la del delito de malversación, que es la que lleva aparejadas las penas de prisión para nueve de los ex altos cargos. Un planteamiento que quedó claro desde la primera intervención de los abogados defensores, la que hizo Alfonso Martínez del Hoyo, que representa al ex consejero de Empleo Antonio Fernández, que fue condenado a siete años, 11 meses y un día de prisión.
Martínez del Hoyo consideró que es muy discutible que se pueda presumir la existencia de un “plan organizado”, que resulta “inverosímil”, que se produjo durante diez años para desviar los fondos públicos para “fines inconfesables”, lo que ha causado que se haya producido un “bucle fatal” que ha determinado “graves errores” en la sentencia ahora recurrida.
El letrado insistió en que el único modo de concluir que se han concedido ayudas a un fin distinto es analizando cada disposición de fondos “y esto no se ha hecho en el juicio” que se celebró durante un año en la Audiencia de Sevilla, habría que haber determinado “cuánto, cómo, en favor de quién se malversó”, pero “esto no se sabe” y a pesar de ello se da por probado un menoscabo de 680 millones de euros, la totalidad de las ayudas concedidas.
Las demás defensas cuestionaron igualmente cómo el tribunal puede dar por probado el menoscabo de los fondos públicos cuando esto se esta dirimiendo precisamente en los juicios de las distintas piezas abiertas por las ayudas y de los que se han celebrado ya dos juicios –el de Aceitunas y Conservas (Acyco), que ha acabado con la condena de ocho acusados, entre ellos también el ex consejero Antonio Fernández; y el de las ayudas a la empresa Novomag, aún sin sentencia–, mientras que un tercer juicio está teniendo lugar actualmente, en relación con las ayudas concedidas a las empresas del corcho de la Sierra Norte de Sevilla. Y también repitieron un argumento que llevan reiterando desde hace tiempo, en relación a que el instructor del Supremo que estudió el caso debido al aforamiento de los ex presidentes descartó en principio la existencia de la malversación.
Los fiscales del Supremo pasaron casi de puntillas por el tema de la malversación en la vista pública, donde se limitaron a decir que los recurrentes, a juicio del Ministerio Público, “confunden lo que es el enjuiciamiento de los expedientes de concesión de ayudas que van a ser enjuiciados en piezas separadas con lo que es la prueba de la malversación, que no tiene nada que ver”.
Así, concluyeron respecto a la conducta que se atribuye a los ex altos cargos condenados que hubo una “actuación consciente” de cada uno de ellos, porque “conocían lo que estaban haciendo” y además los informes de la Intervención General de la Junta alertando de las deficiencias en el sistema del pago de las ayudas fueron remitidos “a cuatro Consejerías y nadie hizo nada”. Esta forma de actuar, prosiguieron, “no es viable en una correcta administración”, teniendo en cuenta además que el sistema perduró “durante diez años”.
Los cinco magistrados del Tribunal Supremo encargados de los recurso de los EREtienen ahora ante sí una complicada deliberación en la que, a priori, todas las opciones siguen abiertas, aunque como es lógico el debate se centrará en la malversación y si la misma puede achacarse a los responsables de todas las consejerías implicadas en el pago de las ayudas, o sólo en la Consejería de Empleo, que es la que gestionaba la concesión de las ayudas bajo sospecha.
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